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LOS 4 SUBSIDIOS QUE PUEDES PEDIR EN ESPAÑA SI HAS DEJADO DE COBRAR EL PARO

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LOS 4 SUBSIDIOS QUE PUEDES PEDIR EN ESPAÑA SI HAS DEJADO DE COBRAR EL PARO

Víctor López Fernández - infobae.com

Los trabajadores tienen derecho a solicitar una serie de prestaciones, aunque deben cumplir con una serie de requisitos

Los trabajadores, cuando agotan el paro, no siempre consiguen encontrar empleo a la primera de cambio. El Gobierno de España cuenta con un paquete de ayudas para los contribuyentes que se encuentran en esta situación. Los organismos encargados de su gestión son, nuevamente, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Para cobrar el subsidio por desempleo, los potenciales beneficiarios tienen que haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud. La duración y la cuantía de la prestación dependen del tiempo cotizado y de la base reguladora, no obstante, lo normal es que esta asignación se extienda durante un máximo de 2 años. Los trabajadores que, una vez consumido este tiempo, sigan fuera del mercado laboral, pueden solicitar otras ayudas, aunque para ello deben cumplir con una serie de requisitos.

La renta activa de inserción (RAI)

La renta activa de inserción (RAI) es una partida destinada a las personas que se encuentran en una situación de desempleo con dificultades económicas. El objetivo de este subsidio es incrementar las oportunidades de retorno al mercado laboral de los beneficiarios. La ayuda tiene una duración máxima de 11 meses y una asignación base: 480 euros mensuales. Los interesados en solicitar esta prestación tienen que cumplir con una serie de cláusulas, como ser parados de larga duración mayores de 45 años, emigrantes retornados, víctimas de violencia de género o personas con un grado de discapacidad por encima del 33%.

Además, los trabajadores deben estar inscritos como demandantes de empleo, tener menos de 65 años y acreditar que no tienen derecho a ninguna otra prestación contributiva por estar en situación de desempleo. Los solicitantes tampoco pueden tener rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

Subsidio por agotamiento con cargas familiares

El subsidio por desempleo para las personas con responsabilidades familiares que hayan agotado la prestación contributiva se puede tramitar a través de la página web del SEPE o en cualquier oficina de registro público. Los interesados deben carecer de rentas y estar inscritos como demandantes de empleo. Además, tienen que demostrar la existencia de cargas familiares, es decir, deben tener a su cargo al cónyuge y/o hijos menores de 26 años económicamente dependientes. Los ingresos mensuales no pueden superar los 810 euros, de modo que se mantengan por debajo del 75% del SMI.

La prestación tiene una duración de 6 meses prorrogables por períodos semestrales, en función de la edad del beneficiario y del tiempo que haya percibido el subsidio por desempleo. La cuantía mensual de este complemento tendrá un valor similar al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). La retribución se verá reducida si el trabajador, antes de acceder al paro, estuviera contratado a tiempo parcial.

Subsidio por agotamiento sin cargas familiares

Este subsidio se destina a los trabajadores que, pese a superar los 45 años y permanecer en situación de desempleo, no tienen responsabilidades familiares a su cargo. Los solicitantes deben estar inscritos como demandantes de empleo. Además, tienen que dejar pasar un mes desde la fecha de vencimiento de la prestación por desempleo antes de reclamar esta ayuda. Los ingresos deben ser, de nuevo, inferiores al 75% del SMI. La asignación mensual será de 480 euros, es decir, lo equivalente al 80% del IPREM, aunque esta cantidad puede cambiar en función del año.

Subsidio para mayores de 52 años

Las personas con más de 52 años son uno de los grupos de edad con más dificultades para encontrar trabajo cuando se quedan en situación de desempleo. Por eso, una vez agotado el paro, pueden solicitar un subsidio de 480 euros mensuales que es compatible con otros ingresos. Los beneficiarios deben estar inscritos como demandantes de empleo y no podrán abandonar el país por motivos laborales en los primeros 12 meses de programa. Además, deben presentar cada año su declaración de la renta. Este desembolso no se puede compaginar con las prestaciones por maternidad o paternidad. La duración del subsidio se extenderá hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación.

FUENTE: https://www.infobae.com/espana/2023/08/19/los-cuatro-subsidios-que-puedes-pedir-en-espana-si-has-dejado-de-cobrar-el-paro/