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LAS 4 TIPOS DE AYUDAS QUE UN AUTÓNOMO AFECTADO POR LA CRISIS PUEDE SOLICITAR


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LAS 4 TIPOS DE AYUDAS QUE UN AUTÓNOMO AFECTADO POR LA CRISIS PUEDE SOLICITAR

lainformacion.com

Las nuevas medidas que entraron en vigor el pasado 1 de octubre contemplan varios supuestos en los que los trabajadores por cuenta propia pueden haber visto mermados sus negocios.

Tras llegar a un acuerdo in extremis, el Gobierno (además de la prórroga de los ERTE) extendió las ayudas a los autónomos con importantes novedades. Tras ser aprobado en el Consejo de Ministros del pasado 29 de septiembre, el Decreto-Ley fue publicado en el BOE, por lo que las medidas entraron en vigor este mismo 1 de octubre.

Estas nuevas medidas estarán vigentes hasta el próximo 31-1-2021. El escrito contempla cuatro tipos de ayudas a las que se puede acoger todo autónomo que ha visto su negocio perjudicado por la crisis del coronavirus.

1. Cese de actividad ordinario

Esta es una de las medidas que se puso en marcha en julio y que, tras la publicación en el BOE, fue prorrogada hasta el próximo año. Se trata de la prestación por cese ordinario de actividad.

- ¿A quién va dirigida? Para todos aquellos que no hayan recuperado sus ingresos o, incluso, su situación haya empeorado en el cuarto trimestre.

- ¿Quién puede acceder a ella? Aquellos que ya estuvieran cobrándola, puesto que se prorroga de forma automática; así como los trabajadores que recibían la anterior prestación a 30 de junio, que tenía menos requisitos, y que la dejaron de pedir durante el verano, por lo que pueden volver a solicitarla.

- Requisitos: además de haber cotizado los 12 meses anteriores a la solicitud (si es la primera vez), la facturación del cuarto trimestre tiene que haber bajado un 75% con respecto al mismo periodo de 2019. Además, el rendimiento neto no puede superar los 5.818,75 euros (1.939,58 mensuales).

2. Ayuda por bajos ingresos

La 'ayuda por bajos ingresos' es una de las novedades de este nuevo decreto-Ley.

- ¿A quién va dirigida? Está destinada a aquellos trabajadores por cuenta propia que no cumpliesen las condiciones para acceder a las ayudas anteriores, como por ejemplo tener cotizados los últimos doce meses o tener una tarifa plana.

- ¿De cuánto es esta ayuda? La cuantía será del 50% de la base mínima de cotización. Alrededor de 760 euros.

- Requisitos: para acceder a esta prestación, los ingresos del trabajador no deben superar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), fijado en 950 euros durante el último trimestre del año. Además, también tendrán que demostrar que sus ingresos han bajado un 50% en este cuarto trimestre, con respecto a los tres primeros meses del año.

3. Ayuda por suspensión de actividad

Igual que la anterior, hasta el 31-1-2021, se contempla la ayuda por suspensión de actividad por las medidas contra el coronavirus.

- ¿A quién va dirigida? Pueden acceder a esta ayuda aquellos que hayan tenido que cerrar su negocio por las medidas decretadas.

- ¿De cuánto es esta ayuda? La cuantía será del 50% de la base mínima de cotización. Alrededor de 760 euros o de 950 euros, un 70%, si la familia es numerosa y esos ingresos son los únicos que entran en el hogar.

- Requisitos: es indispensable que el solicitante haya estado dado de alta los 30 días naturales anteriores a la solicitud y durante lo que duren las medidas que paralizan su actividad.

4. Para trabajadores de temporada

Además de la primera, también se prorrogó las ayudas para autónomos de temporada. Eso sí, ahora se considera de esta forma si ha trabajado al menos cuatro meses entre junio y diciembre.

- Requisitos: no podrán recibirla los que hayan trabajado por cuenta ajena más de 120 días, durante 2018 y 2019. Además, los ingresos de 2020 no pueden superar los 23.275 euros.

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