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LOS 5 CAMBIOS DEL IRPF DE 2025

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LOS 5 CAMBIOS DEL IRPF DE 2025 QUE DEBES CONOCER PARA PAGAR LO JUSTO EN LA PRÓXIMA DECLARACIÓN DE LA RENTA

Francisco S. Jiménez - eleconomista.es

La Declaración de la Renta del ejercicio 2025 tiene su último punto de cocción en los últimos meses de este ejercicio. Por ello, conviene recordar las últimas novedades que se han adoptado en el IRPF. ¿Qué ha cambiado y a quién afecta?

DEDUCCIÓN DE 340 EUROS PARA EL SMI

Desde 2025 hay una ayuda en el IRPF pensada para que a quien cobra el salario mínimo no se vea perjudicado por la última subida del mismo, que se elevó hasta los 16.576 euros anuales. Los trabajadores se pueden deducir 340 euros si los ingresos son menores de estos 16.576 euros. La deducción se irá reduciendo progresivamente cuando los ingresos superen el umbral del SMI hasta los 18.276 euros anuales.

Se sigue aplicando los 340 euros menos pero tras multiplicar por 0,2 la diferencia entre los rendimientos íntegros del trabajo y 16.576 euros anuales. Por ejemplo, si cobras 16.800 euros, tienes un desfase en la deducción de 224 euros sobre los 16.576 euros. Al final la deducción se queda en 295,2 euros de euros, tras aplicar el 0,2 corrector. Para 17.000 euros sería 255,2 euros y para 18.000 euros de 55,2 euros.

Rendimientos íntegros del trabajo anuales

Deducción aplicable en el IRPF

Condición adicional

Menos de 16.576 €

340 €

No tener otras rentas superiores a 6.500 € (excluidas las exentas)

Entre 16.576 y 18.276 €

340 € menos 0,2 € por cada euro que exceda los 16.576 €

Mismo requisito de rentas

Más de 18.276 €

0 €

No se aplica deducción

Con unos ingresos anuales por rendimientos del trabajo cercanos al salario mínimo y con una retención baja, del 2% o 0%, conviene remangarse y hacer la declaración de la renta, aunque se esté exento de hacer la declaración por percibir menos de 22.000 euros. Hay muchas posibilidades de que te salga a devolver.

NUEVO TIPO MÁXIMO PARA EL AHORRO

A partir del 1 de enero de 2025, las rentas de capital por encima de 300.000 euros se han penalizado todavía más. El Gobierno aprobó la subida del tipo marginal de la base imponible de la parte del IRPF del ahorro del 28% al 30%. El resto de los tramos no se ha tocado, por lo que solo afecta a los contribuyentes que tienen un elevado nivel de ahorro.

Las implicaciones en la Declaración de Renta son claras, por lo que conviene evitar el salto de tramo en la medida de lo posible. Por ejemplo, si acumulas 320.000 euros de plusvalías latentes y 40.000 euros de pérdidas arrastradas, merece la pena liquidar posiciones por debajo de 300.000, teniendo en cuenta el colchón de pérdidas. Ingresas 300.000 euros y utilizas 20.000 euros de pérdidas.

PLANES DE PENSIONES Y SU VENTANA DE ORO

A partir del 1 de enero de 2025, se puede rescatar capital del plan de pensiones con las aportaciones que tienen más de 10 años de antigüedad. Antes estaba permitido en ocasiones especiales como en situación de desempleo o incapacidad. Ahora no hace falta que el rescate esté motivado.

Si las aportaciones son anteriores a 2006, se podrá aplicar una reducción del 40%, siempre que se rescate en forma de capital. Este régimen transitorio de reducción termina en 2026, por lo que para muchos contribuyentes veteranos supone una auténtica ventana de oro para reducir la factura fiscal del plan de pensiones.

Puede ser buena idea, disponer del plan de pensiones por partes. Una parte en forma de capital, teniendo en cuenta no subir en los tramos de IRPF y luego planificar el reembolso en forma de renta a partir de 2027.

HACIENDA, QUIERO SER ARTISTA

Artistas, técnicos audiovisuales o creadores que cedan los derechos de su obra literaria, científica o artística van a estrenar una nueva reducción del 30% de sus rendimientos generados cuando se traten de algo excepcional.

Se podrá aplicar esta reducción de la base imponible, cuando excedan del 130% de la cuantía media de los referidos rendimientos imputados en los tres ejercicios fiscales anteriores. La cuantía sobre la que se aplicará la reducción no podrá superar los 150.000 euros.

Por ejemplo, si has facturado en los últimos 3 años 60.000 euros y en 2025 acumulas ingresos de 110.000 euros, el exceso sobre 78.000 euros (el 130% de 60.000 euros) puede beneficiarse de la reducción, con el límite citado.

DEDUCCIONES PARA COCHE ELÉCTRICO Y CARGADORES

Si compras en 2025 un coche eléctrico, puedes restarte en la declaración del próximo año el 15% del importe que da derecho a la deducción, siempre que el precio del vehículo sea inferior a 45.000 euros. También puedes deducirte el 15% por instalar un cargador en tu vivienda (habitual o alquilada), siempre que tengas en regla la memoria-certificado técnico y las facturas. La clave es cerrar la compra en 2025, con pago y factura dentro de este ejercicio.

FUENTE: https://www.eleconomista.es/declaracion-renta/amp/13638837/los-cinco-cambios-del-irpf-de-2025-que-debes-conocer-para-pagar-lo-justo-en-la-proxima-declaracion-de-la-renta