ÁMBITO DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO Y CREDITOS PARA LOS DIFERENTES PROGRAMAS(LEY 31/2022, DE 23-12, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2023 (BOE 24-12))Artículo 1. Ámbito de los Presupuestos Generales del Estado.En los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio del año 2023 se integran: a) Los presupuestos con carácter limitativo de las siguientes entidades: 1. Del Estado. 2. De los organismos autónomos. 3. De las integrantes del Sistema de la Seguridad Social. 4. De las agencias estatales y del resto de entidades del sector público estatal a las que resulte de aplicación el régimen de especificaciones y de modificaciones regulado en la Ley 47/2003, de 26-11, General Presupuestaria o cuya normativa específica confiera a su presupuesto carácter limitativo. b) Los presupuestos con carácter estimativo de las siguientes entidades: 1. De las entidades públicas empresariales, de las sociedades mercantiles estatales, de las fundaciones del sector público estatal y del resto de entidades del sector público estatal que aplican los principios y normas de contabilidad recogidos en el Código de Comercio y el Plan General de Contabilidad de la empresa española, así como en sus adaptaciones y disposiciones que lo desarrollan. 2. De los consorcios, las universidades públicas no transferidas, los fondos sin personalidad jurídica y de las restantes entidades de derecho público del sector público administrativo estatal con presupuesto estimativo. Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de las entidades referidas en la letra a) del artículo 1 de la presente ley con presupuesto limitativo.Uno. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los presupuestos de las entidades mencionadas en la letra a) del artículo anterior se aprueban créditos por importe de 485.985.812,22 miles de euros, según la distribución por programas. La agrupación por políticas de los créditos de estos programas es la siguiente:
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