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ANÁLISIS DE LA REFORMA DE LAS PENSIONES

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ANÁLISIS DE LA REFORMA DE LAS PENSIONES

Coordinadora Estatal por la Defensa del Sistema Público de Pensiones (COESPE)

Como ya todo el mundo reconoce, la reforma tiene algunos aspectos positivos, pero mantiene muchos aspectos negativos de anteriores reformas y poco mejoran las cuantías de las pensiones mínimas.

Aspectos positivos:

• Es un modelo que por primera vez hace más hincapié en los ingresos del sistema que en los recortes de las pensiones. Modelo que se desarrollará hasta el año 2050. Con los nuevos ingresos propuestos, se producirá paralelamente un incremento en las pensiones contributivas y no contributivas (PNC), que no satisface las reivindicaciones del colectivo pensionista.

• Supone elevar el tope de cotización (+1,2%) hasta 6.198€ + IPC medio anual acumulado en el año 2050. Se podría haber optado por el destope absoluto o por aumentar el tope hasta el entorno de los 7.000€ como ya propusimos en un estudio anterior.

• El incremento de ingresos (sin tener en cuenta la inflación y/o IPC) debería alcanzar para el periodo 2024-2050. Entre los nuevos ingresos, aparte del destope anterior, está ampliar el M.E.I. hasta el 1,2% progresivamente (un+0,1% cada año) y establecer una Cuota de Solidaridad del 6% a la parte de los ingresos por encima del tope de cotización (partiendo del 1% con un incremento de 0,25% cada año).

• Se puede calcular, grosso modo, que la cuantía extra de las prestaciones previstas, incluyendo el aumento de la pensión máxima (un +0,115% acumulado), los nuevos mínimos planteados, el escaso incremento de complemento por brecha de género y la posible repercusión de lo que queda de la generación “boomer” puede alcanzar alrededor de 150.000 millones €.

• En un periodo transitorio de 3 años (2024-2027), los incrementos de las PNC y las mínimas mensuales contributivas (jubilación, invalidez y viudedad) con cargas y sin cargas, no llegaran ni al umbral de pobreza unas, ni al SMI las otras. Así, la mayoría de las pensiones mínimas no alcanzarán ni el umbral de pobreza que exista en el 2027 y las PNC quedarán, como mucho, al 75%.

• Por valorar aproximadamente qué supone para las pensiones mínimas la reforma. Si ésta, a precios de hoy, ya estuviera plenamente implantada únicamente 3 tipos de pensión concreta (jubilación +65 años con cónyuge a cargo/invalidez absoluta con cónyuge, viudedad con cargas familiares) alcanzarían una renta alrededor de 1.080€ (desde los 966€ y 905€ respectivamente). Por el contrario, las PNC apenas alcanzarían los 540€ (desde los 482€ actuales), y todo el resto de las pensiones contributivas (jubilación, invalidez, incluso gran invalidez, viudedad) sólo se incrementarían en el entorno del +8,2%. Por poner un par de ejemplos, la jubilación unipersonal sin cónyuge pasaría a unos 847€ (desde los 783€) y la viudedad menor de 60 años sería de unos 642€ (desde los actuales 593€). Claro que, si a todo ello añadimos el IPC de cuatro años (2024-2027), las cifras el año 2027 nos saldrán mucho más altas. Es lo que nos están vendiendo. De ahí la impresión falsa de que las mínimas subirán mucho más de lo que efectivamente lo harán.

• También en un periodo transitorio de 2 años (2024-2025) se incrementará el complemento de género hasta los 33€ mensuales por hijo/a desde los 30€ actuales (aparte IPC). Un incremento ridículo.

• Introduce la obligatoriedad de cotización de los contratos en prácticas, aunque las bonifica con el 95% para el empresario. Esto hace que no se aumenten los ingresos por estas cotizaciones.

• Mejora la cobertura de lagunas de cotización. Pasa a 100% media de cotización los 5 primeros años, y el 80% los 4 siguientes.

• Y otras mejoras tales como el cobro de pensiones hasta los 26 años por enfermedades graves.

Aspectos negativos:

• Las pensiones no contributivas (PNC) no alcanzarán ni el umbral de pobreza en el 2027. Es una situación que hay que solucionar y se queda muy por debajo de lo razonable y esperable. Tampoco las pensiones mínimas contributivas sin cargas se aproximarán al SMI.

• La referencia básica para establecer el mínimo de pensiones ha de ser al SMI, y siempre que éste sea el referenciado con el 60% del Salario Medio Nacional, como recomienda la Carta Social Europea.

• Por el contrario, la cuantía de las pensiones mínimas se vincula al umbral de pobreza (que puede llegar a bajar), y sólo del 75% para las PNC.

• No se plantea seriamente la disminución efectiva de la brecha de género. La medida es muy pobre. A este ritmo ni se atisba un horizonte de eliminación.

• Mantiene la jubilación ordinaria progresiva hasta los 67 años en el 2027, cuando en toda Europa surgen movimientos sociales en contra de ello y COESPE se pronuncia radicalmente en contra de ello.

• Aunque con el horizonte de 20 años, aumentará el periodo para calcular la pensión a los 27 mejores años de los últimos 29. Esto hará que la pensión media del sistema bajará necesariamente a partir de su aplicación, aunque ciertamente, beneficiará a un número muy reducido de pensionistas.

• No actúa respecto a la cuestión de los derechos de pensionistas con largas carreras de cotización de 40 o más años y mantiene los excesivos coeficientes reductores actuales en las pensiones anticipadas.

• Plantea la imposibilidad de dedicar más del 15% del PIB a pensiones en todo el periodo evaluado, cuando en países de nuestro entorno ya lo han alcanzado o lo superan ampliamente como Francia o Italia. La primera comprobación se hará en el año 2025 (a partir de marzo), planteándose incluso la posibilidad de reducir prestaciones, aunque es cierto que también plantea la posibilidad de aumentar los ingresos. En COESPE creemos que la AIReF no es un organismo adecuado e independiente para estimar la cuantía de las pensiones. Lo han de ser el gobierno y el parlamento junto con las organizaciones de pensionistas.

• No tiene en cuenta el “seguro” aumento del rendimiento económico por ocupado, que para el periodo 1980-2021 fue del 3% acumulado y sin embargo el crecimiento de pensionistas fue sólo del 1,6% y el que se prevé para el periodo 2025-2050 también girará alrededor del 1,5%-1,6%.

• No cuantifica el efecto que tendrá en el sistema público las deducciones de cotizaciones por efecto de la aplicación de los Planes de Pensiones de Empleo, tanto por la deducción en sí, como por la desviación de los incrementos pactados salariales a su financiación que dejarán de cotizar.

Propuestas:

Teniendo presente que todos los objetivos recogidos en nuestra Tabla Reivindicativa son factibles, en referencia a un incremento mucho mayor de las Pensiones Mínimas, hay que:

• Aumentar los ingresos del Sistema Público de Pensiones (el porcentaje de cotización hoy es netamente inferior al que existía en 1982) y paralizar inmediatamente la implantación de los Planes de Pensiones de Empleo (Ley 12/2022).

• Incrementar el complemento de brecha de género urgentemente hasta que se supera la misma.

• Mantener la tasa de sustitución actual en las pensiones públicas.

• Eliminar el tope del 15% del PIB para la partida en pensiones públicas.

Es una cuestión de voluntad política y de acuerdo social. ¿Cuáles son las pensiones dignas y suficientes y qué esfuerzo estamos dispuestos a hacer para alcanzarlas?

COMISIÓN DE LEGAL