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ANTEPROYECTO DE LEY DE FAMILIAS

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ANTEPROYECTO DE LEY DE FAMILIAS

Referencia del Consejo de Ministros de 13-12-2022

El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de la Ley de Familias, un texto que equipara los derechos de las parejas de hecho a los de los matrimonios, amplía los permisos para cuidados y las prestaciones para familias, y extiende a más familias la protección que hasta ahora se reservaba a las numerosas, entre otros asuntos.

El anteproyecto de ley de Familias responde a los compromisos internacionales de España, ante las recomendaciones reiteradas de la Comisión Europea para mejorar el apoyo a las familias de nuestro país.

El texto se articula en torno a 4 pilares principales:

- la ampliación de la protección social a las familias y el apoyo a la crianza

- avanzar en la garantía del derecho a la conciliación

- el pleno reconocimiento jurídico de los distintos tipos de familias que ya existen en nuestro país

- el reconocimiento y protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Ampliación de la protección social a las familias

Se extenderá la renta crianza de 100 euros al mes para un mayor número de familias con hijos e hijas de 0 a 3 años. Según los cálculos del departamento, esta medida beneficiará a entre 200.000 y 250.000 nuevas madres en nuestro país. Dicha ampliación incluye a todas las madres que estén percibiendo una prestación por desempleo, contributiva o no y también a las que, sin reunir los requisitos previamente, coticen 30 días a partir del parto. A partir de ahora también recibirán el 100% de la prestación las mujeres que tengan un empleo a tiempo parcial o temporal.

Asimismo, a partir de la aprobación de la ley, más familias contarán con protección social bajo la denominación de "Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza". En esta categoría, se verán recogidas las consideradas como hasta ahora "familias numerosas", además de las siguientes:

- las familias monomarentales con 2 hijos

- las familias con 2 hijos donde un ascendiente o descendiente tenga discapacidad

- las familias con 2 hijos encabezadas por una víctima de violencia de género o por un cónyuge que haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos

- las familias con 2 hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un año o haya ingresado en prisión

Por otro lado, pasarán a considerarse familia con mayores necesidades de apoyo a la crianza de categoría especial las familias que hasta ahora eran consideradas numerosas de categoría general como aquellas con 4 hijos, en vez de 5 como hasta el momento; las familias con 3 hijos en caso de parto múltiple, en vez de 4 como en la actualidad, y las familias con 3 hijos y bajos ingresos (hasta el 150% del IPREM).

Garantía del derecho a la conciliación

Se crean 3 permisos de cuidados:

- un permiso por cuidado de 5 días al año, retribuidos, para atender a un familiar hasta 2º grado o conviviente, que los trabajadores o trabajadoras podrán utilizar en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo

- un permiso parental de 8 semanas, que podrán disfrutarse de forma continua o discontinua, hasta que el menor cumpla 8 años

- permiso por ausencia por fuerza mayor familiar que requiera atención inmediata, que será de 4 días retribuidos al año y que se podrá disfrutar por horas.

Se extenderá el subsidio por nacimiento y cuidado no contributivo a adoptantes y familias de acogida, se ampliará la pensión de orfandad un año, hasta los 26 y el permiso por cuidado de menor con cáncer o enfermedad grave hasta los 26 años en caso de discapacidad.

Reconocimiento de los distintos tipos de familias

La ley avanza en la equiparación de derechos entre los matrimonios y las parejas de hecho, puesto que estas últimas tendrán acceso a los 15 días de permiso por registro equiparables al matrimonio.

La ley genera también un nuevo marco de reconocimiento y protección para las familias LGTBI, con algún miembro con discapacidad, familias múltiples, reconstituidas, adoptivas o acogedoras. Las familias múltiples, es decir, aquellas que tienen varios hijos o hijas a la vez, serán consideradas como colectivo de especial protección y los hijos e hijas de parejas no casadas podrán ser inscritos en el registro por el progenitor no gestante.

Derechos de los menores

Se asegurará el respeto a la diversidad familiar como principio del sistema educativo y en el derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes.

Por último, se mejora el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos, para el que se agilizan los trámites y que beneficiará también a los hijos e hijas de parejas de hecho, mayores de edad con discapacidad o en situación de dependencia.