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ANTIGUOS BECARIOS: ASÍ TENDRÁN QUE PAGAR PARA CONVALIDAR HASTA 5 AÑOS DE PENSIÓN

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ANTIGUOS BECARIOS: ASÍ TENDRÁN QUE PAGAR PARA CONVALIDAR HASTA 5 AÑOS DE PENSIÓN

Pepa Montero - 65ymas.com

El plazo del convenio con Seguridad Social se amplía hasta el 31 de diciembre de 2028, avisa OCU

Los antiguos becarios ya pueden recuperar hasta 5 años de cotizaciones

Desde el 2 de agosto de 2024, los antiguos becarios e investigadores ya pueden acogerse a la reducción de requisitos para recuperar hasta 5 años de cotizaciones por las antiguas prácticas formativas, después de que el BOE haya publicado la Orden ISM/386/2024, de 29-4 que regula la suscripción del convenio especial para reconocer periodos cotizados de antiguas personas becarias.

Se trata de la culminación de un acuerdo logrado en la Mesa de Pensiones, y gracias a él, las personas afectadas, que estuvieron sin cotizar en prácticas no laborales o en investigación, antes de 2006, ya pueden iniciar el proceso para solicitar el convenio, algo para lo que tienen de plazo hasta el 31-12-2028.

Las cuotas que habrán de abonar por este convenio especial se consideran como gasto deducible en el IRPF, según ha aclarado el Ministerio; y esta convalidación de carácter excepcional se aplicará a las pensiones de jubilación, de incapacidad permanente, muerte y supervivencia, derivadas de contingencias comunes.

Suscribir el Convenio Especial es la clave

Con este nuevo sistema, por el tiempo que la persona pasó en prácticas puede, hasta el 31-12-2028, suscribir un convenio con la Seguridad Social, para pagar ahora las cotizaciones que no se ingresaron entonces.

Tal como explica la organización de consumidores OCU (@consumidores), podrán acogerse al convenio las siguientes personas:

- Quienes hicieron prácticas por las que recibían una remuneración antes del 1-11-2011.

- Aquellos que realizaron prácticas por las que no recibían ninguna remuneración antes de 2024.

Además, la Seguridad Social exigirá que las prácticas formativas estuvieran dentro de alguna de estas categorías:

- Alumno universitario para obtener la titulación oficial, un máster o una especialización.

- Alumno de enseñanzas artísticas superiores o profesionales o deportivas.

- Alumno de formación profesional.

Además, recalca la OCU, también pueden suscribir el convenio especial los que hicieran estudios oficiales de doctorado participando, antes del 4-2-2006, en programas de formación de investigación, en España o en el extranjero.

Así se pagará por regularizar cotizaciones

Las personas que se adhieran al convenio especial deben saber que la Seguridad Social va a tomar en cuenta la base de cotización vigente en el periodo que se pretenda recuperar, lo que reduce las cuotas a la mitad o menos.

A modo de ejemplo, CC.OO. estima que el coste del convenio será de una cifra que se situará entre los 40 y 140 euros mensuales por los periodos de prácticas que se produjeron entre 1980 y 2006, según cálculos realizados por el sindicato

COSTE DEL CONVENIO ESPECIAL PARA LA RECUPERACIÓN PRÁCTICAS FORMATIVAS ANTERIORES A 2024 (Disposición Adicional 52ª.8 de la Ley General de la Seguridad Social) (Fuente: CC.OO.)

Año en el que tuvo lugar la práctica

Base Mínima de cotización RG

Coste Convenio Especial Año completo de Cotización*

Coste Convenio Especial 1 mes completo de cotización*

Año en el que tuvo lugar la práctica

Base Mínima de cotización RG

Coste Convenio Especial Año completo de Cotización*

Coste Convenio Especial 1 mes completo de cotización*

 

(€/mes)

(€)

(€/mes)

 

(€/mes)

(€)

(€/mes)

1980

148,57

388,50

32,37

2002

516,00

1.349,30

112,44

1981

167, 14

437,06

36,42

2003

526,50

1.376,76

114,73

1982

185, 17

484,20

40,35

2004

537,30

1.405,00

117,08

1983

209,33

547,38

45,62

2005

598,50

1.565,03

130,42

1984

243,59

636,97

53,08

2006

631,20

1.650,54

137,54

1985

260,66

681,61

56,80

2007

665,70

1.740,75

145,06

1986

281,45

735,97

61,33

2008

699,90

1.830,18

152,52

1987

295,52

772,76

64,40

2009

728,10

1.903,92

158,66

1988

308,86

807,64

67,30

2010

738,90

1.932,16

161,01

1989

327,43

856,20

71,35

2011

748,20

1.956,48

163,04

1990

350,69

917,03

76,42

2012

748,20

1.956,48

163,04

1991

373,41

976,44

81,37

2013

753,00

1.969,03

164,09

1992

394,68

1.032,06

86,00

2014

753,00

1.969,03

164,09

1993

410,55

1.073,56

89,46

2015

756,60

1.978,45

164,87

1994

424,80

1.110,82

92,57

2016

764,40

1.998,84

166,57

1995

439,58

1.149,47

95,79

2017

825,60

2.158,88

179,91

1996

454,91

1.189,55

99,13

2018

858,60

2.245,17

187,10

1997

467, 17

1.221,61

101,80

2019

1.050,00

2.745,67

228,81

1998

477,08

1.247,53

103,96

2020

1.108,50

2.898,64

241,55

1999

485,74

1.270,17

105,85

2021

1.125,90

2.944,14

245,34

2000

495,65

1.296,09

108,01

2022

1.166,70

3.050,83

254,24

2001

505,80

1.322,63

110,22

2023

1.260,00

3.294,80

274,57

(*) Se prevé la posibilidad de fraccionar el pago del total de cuotas del Convenio Especial hasta un máximo de 7 años.

Disposición adicional 52ª. Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación.

8. Las personas a las que hace referencia la presente disposición que, con anterioridad a su fecha de entrada en vigor, se hubieran encontrado en la situación indicada en la misma, podrán suscribir un convenio especial, por una única vez, en el plazo, términos y condiciones que determine el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que les posibilite el cómputo de la cotización por los periodos de formación o realización de prácticas no laborales y académicas realizados antes de esa fecha de entrada en vigor, hasta un máximo de 5 años

Para ponerse al día, el Gobierno dará facilidades, de forma que se podrá pagar la correspondiente cantidad de cada año fraccionada en 24 plazos mensuales, con un máximo de 7 años para los 5 de tope.

Estas 2 reformas suponen un notable abaratamiento del dinero a pagar por los exbecarios e investigadores, puesto que, inicialmente, el Ministerio de Seguridad Social estableció que la cotización se calculase aplicando el tipo de cotización por contingencias comunes del 28,30% a la base mínima del grupo 7 de cotización en 2024, que es de 1.323 €, aplicándose al resultado una rebaja del 33%. "O sea, que quienes pretendieran añadir a su historial de cotización los 5 años de tope, tendrían que haber pagado nada menos que 17.300 € en números redondos", subraya la OCU.

Se generó un enorme revuelo mediático y de denuncias de afectados, ya que, entre otras cosas, el becario corría con el porcentaje de cotización propio del empleado y también con el que hubiera pagado el empleador (casi siempre un organismo público), de haber cotizado el trabajo en prácticas.

Al final, el Ministerio rectificó y publicó la Orden ISM/386/2024, de 29-4, que establece la cotización de acuerdo a la vigente en el pasado, es decir, en los años que los becarios deseen convalidar, junto con la posibilidad de pagar a plazos y la extensión del periodo para solicitar el convenio especial.

Beneficios de acogerse al Convenio Especial

- La pensión de jubilación contributiva es más alta cuanto más altas sean las cotizaciones y más años se coticen, empezando con un mínimo de 15 años, de los cuales 2 deben haber tenido lugar en los 15 previos a jubilarse. Por lo tanto, cuanto más tiempo cotizado puedan convalidar los afectados, mejor será su futura jubilación.

- Se puede conseguir una pensión más generosa, pagándose las cotizaciones uno mismo a través de un convenio con la Seguridad Social, cuya suscripción solo está al alcance de quienes cumplan ciertos requisitos. De ahí la importancia de acumular cuantos más años sea posible de cotizaciones sociales.

- Hay que recordar que a los trabajadores se les descuenta de la nómina generalmente un 4,7% del salario bruto para que coticen a la Seguridad Social y generen el derecho a cobrar, ellos o su familia, las prestaciones públicas por contingencias comunes: jubilarse (pensión de jubilación), incapacidad para trabajar por enfermedad o accidente no laborales (pensión de incapacidad), o morir y dejar viudo, huérfanos u otros familiares desamparados (pensiones de viudedad, orfandad y en favor de familiares). En paralelo, la empresa aporta una cantidad muy superior, igual al 23,6% del salario bruto del trabajador.

FUENTE: https://www.65ymas.com/economia/pensiones/antiguos-becarios-como-pagar-convalidar-hasta-5-anos-pension_62515_102.html