MEJORA DE LAS CONDICIONES DE JUBILACIÓN DE LOS BOMBEROS FORESTALES Resumen de la Rueda de Prensa tras el Consejo de Ministros de 16-09-2025 El Consejo de Ministros ha aprobado un coeficiente reductor de la edad de jubilación de los bomberos forestales, una medida con la que se cumple el mandato establecido en la Ley 5/2024, de 8-11, básica de bomberos forestales. El coeficiente reductor responde a la naturaleza "penosa, tóxica, peligrosa e insalubre" del trabajo realizado. La tramitación de esta medida comenzó en abril, antes de la ola de incendios de este verano, y supone "saldar una deuda" con ese colectivo equiparando sus condiciones de jubilación a las del resto de bomberos, que disfrutaban de esos coeficientes desde el año 2008. A partir de ahora, el coeficiente específico de los bomberos forestales será del 0,20, siempre que la persona acredite un período mínimo de cotización de 15 años bajo la condición de bombero forestal. El profesional que acredite ese número de años, por ejemplo, verá reducida su edad de acceso a la jubilación en 3 años. El acceso a la jubilación se podrá anticipar como máximo 5 años. A modo de excepción, se podrá anticipar hasta 6 años en el caso de que se acredite un período de cotización de más de 35 años de actividad como bombero forestal. Instrucciones para empresas y administraciones La Tesorería General de la Seguridad Social ha publicado instrucciones dirigidas a empresas y administraciones para facilitar la aplicación de estos coeficientes. Se ha apelado a la responsabilidad de las comunidades autónomas, las administraciones y las empresas empleadoras de los bomberos forestales para usar el código de ocupación creado específicamente en las bases de cotización de la Seguridad Social. Los bomberos no tendrán que realizar una solicitud expresa del coeficiente cuando alcancen la edad de jubilación, sino que será el Instituto Nacional de la Seguridad Social el que lo aplique de oficio, una vez que compruebe que el trabajador cumple los requisitos. Además, la Seguridad Social va a facilitar el reconocimiento de estos trabajadores mediante un certificado que acredite el período en que haya desempeñado esa actividad. |