BONIFICACIONES/REDUCCIONES A LA CONTRATACIÓN DE CARÁCTER GENERAL (XVI) CONTRATO TEMPORAL PARA VÍCTIMA VIOLENCIA DE GÉNERO O DOMÉSTICA CUANTÍA: 600 euros DURACIÓN: Toda la vigencia del contrato VIGENCIA DE LA MEDIDA: Indefinida NORMATIVA: Ley 43/2006 de 29-12, para la mejora del crecimiento y del empleo. Ley 43/2006 Artículo 1. Objeto del Programa y beneficiarios. 2. Asimismo, se regulan con carácter excepcional bonificaciones para los contratos temporales que se celebren con … personas que tengan acreditada la condición de víctima de violencia de género en los términos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28-12, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, o de víctima de violencia doméstica. Artículo 2. Ámbito de aplicación e incentivos a la contratación. 4. Los empleadores que contraten indefinidamente a personas que tengan acreditada la condición de víctima de violencia de género en los términos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, o de víctima de violencia doméstica, sin que sea necesaria la condición de estar en desempleo, tendrán derecho, desde la fecha de celebración del contrato, a una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, por su equivalente diario, por trabajador contratado de 1.500 euros/año durante 4 años. En el caso de que se celebren contratos temporales con estas personas se tendrá derecho a una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, por su equivalente diario, por trabajador contratado de 50 euros/mes (600 euros/año), durante toda la vigencia del contrato. PROGRAMA DE FOMENTO DE EMPLEO Bonificaciones empresariales a la contratación laboral
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