BONIFICACIONES/REDUCCIONES A LA CONTRATACIÓN DE CARÁCTER GENERAL (III) CONTRATO INDEFINIDO PARA VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO O DE VIOLENCIA DOMÉSTICA CUANTÍA ANUAL 1.500 euros (300 euros mensuales) DURACIÓN 4 años VIGENCIA DE LA MEDIDA Indefinida NORMATIVA Artículo 2.4 de la Ley 43/2006 de 29-12, para la mejora del crecimiento y del empleo. Real Decreto 1917/2008, de 21-11, por el que se aprueba el programa de inserción sociolaboral para mujeres víctimas de violencia de género Ley 43/2006 de 29-12 Artículo 1. Objeto del Programa y beneficiarios. 2. Asimismo, se regulan con carácter excepcional bonificaciones para los contratos ...con personas que tengan acreditada la condición de víctima de violencia de género en los términos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28-12, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, o de víctima de violencia doméstica ... Artículo 2. Ámbito de aplicación e incentivos a la contratación. 4. Los empleadores que contraten indefinidamente a personas que tengan acreditada la condición de víctima de violencia de género en los términos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28-12, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, o de víctima de violencia doméstica, sin que sea necesaria la condición de estar en desempleo, tendrán derecho, desde la fecha de celebración del contrato, a una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, por su equivalente diario, por trabajador contratado de 1.500 euros/año durante 4 años.
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