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INSTRUCCIONES PARA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO ESPECIAL DE LOS CUIDADORES NO PROFESIONALES


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INSTRUCCIONES PARA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO ESPECIAL DE LOS CUIDADORES NO PROFESIONALES DE LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA

¿A QUIEN VA DIRIGIDO ESTE CONVENIO ESPECIAL?

A los cuidadores no profesionales de una persona en situación de dependencia, que sean designados como tales en el Programa Individual de Atención, siempre y cuando se acredite el reconocimiento de la prestación económica de la dependencia

¿CUÁL ES EL MARCO NORMATIVO A TENER EN CUENTA?

- Real Decreto-ley 6/2019, de 1-3, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. Artículo 4. Apartados 12 y 13.

- Real Decreto 615/2007, de 11-5, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia

¿CUALES SON LOS PASOS PARA LA SOLICITUD DEL CONVENIO?

1) CUMPLIMENTAR EL FORMULARIO TA.0040 O LA SOLICITUD DE ALTA

Tanto el formulario TA.0040 de solicitud de alta, baja y variación de datos del Convenio Especial como la Solicitud de Alta del Convenio Especial para Cuidadores no profesionales se encuentran disponibles en la página web de la Seguridad Social

¿Qué apartados hay que rellenar del formulario TA.0040?

- Datos del solicitante

- Datos relativos a la Solicitud

- Tipo de convenio especial: cuidador no profesional de personas en situación de dependencia

- Datos de la persona dependiente

2) PRESENTACIÓN DEL TA.0040 O DE LA SOLICITUD DE ALTA EN LA TGSS

Vía Presencial: En la Dirección Provincial o Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social

Vía Telemática: A través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, utilizando el servicio de “Alta en Convenio Especial” ubicado en la siguiente ruta: Ciudadanos/Afiliación e Inscripción, que permite realizar la solicitud por Registro Electrónico. Será necesario disponer de un Certificado Electrónico o del Sistema de autenticación Clave

Documentación a presentar acompañando al formulario TA.0040 o a la Solicitud de alta:

- Resolución de la prestación económica de la dependencia

- Documento Identificativo (DNI/NIE) del cuidador no profesional

- Documento Identificativo (DNI/NIE) de la persona dependiente

¿CUALES SON LOS PLAZOS Y EFECTOS EL CONVENIO ESPECIAL?

CONVENIOS SOLICITADOS DESPUÉS DEL 1-4-2019

 

FECHA DE SOLICITUD

EFECTOS DEL CONVENIO

 

PRESTACIÓN ECONÓMICA RECONOCIDA A PARTIR DEL 1-4-2019

Dentro de los 90 días naturales siguientes a la fecha de recono-cimiento de la prestación económica

Desde la fecha de reconocimiento de la prestación

Las cuotas a la Seguridad Social y por F.P. serán abonadas por la Admi-nistración General del Estado

Si se solicita después de los 90 días naturales siguientes a la fecha de reconocimiento de la prestación económica

Desde la fecha en que se solicita el convenio

PRESTACIÓN ECONÓMICA RECONOCIDA CON ANTE-RIORIDAD AL 1-4-2019

Dentro de los 90 días naturales siguientes al 1-4-2019

Desde el 1-4-2019

Si se solicita después de los 90 días naturales siguientes al 1-4-2019

Desde la fecha en que se solicita el convenio

CONVENIOS EXISTENTES ANTES DEL 1-4-2019

Se entenderán subsistentes. La cuota pasa a ser abonada por la Administración General del Estado

¿EN QUÉ SITUACIONES HAY QUE DAR DE BAJA EL CONVENIO ESPECIAL?

- Por adquirir el cuidador la condición de titular de una pensión de jubilación o de incapacidad permanente, o de viudedad o de favor familiar, cuando tenga 65 años o más en cualquiera de los Regímenes del Sistema de la Seguridad Social

- Por fallecimiento de la persona asistida o extinción de la prestación económica para cuidados familiares por ella percibida o por fallecimiento del suscriptor

- Por dejar de prestar los servicios como cuidador

- Por dejar de reunir los requisitos establecidos en el R.D. 615/2007