PROTECCIÓN POR CUIDADO DE MENORES CON CÁNCER O ENFERMEDAD GRAVE Referencia del Consejo de Ministros de 18-7-2023 El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto 677/2023, de 18-7 que modifica el Real Decreto 1148/2011, que regula la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave. El texto recoge, entre otras medidas, la ampliación de las situaciones protegidas con el reconocimiento y la cobertura de los afectados hasta los 23 años (inicialmente era hasta los 18 años) y, en casos de un grado de discapacidad igual o superior al 65 %, hasta los 26 años. También se incorporan los casos de familias monoparentales y se incluye la posibilidad de que resulte beneficiario el cónyuge o pareja de hecho de las personas afectadas por la enfermedad. Para facilitar la gestión de esta prestación, se fija un nuevo régimen para las prórrogas: el subsidio se reconoce por un mes, prorrogable inicialmente por un periodo de 2 meses y, posteriormente, se tramitarán sucesivos periodos de 4 meses (antes eran periodos de 2 meses), hasta que la persona afectada cumpla 23 años o 26 años si acredita un grado de discapacidad igual o superior al 65 %. La prestación por cuidado de un hijo enfermo de cáncer u otra enfermedad grave que cubre la Seguridad Social se dirige a progenitores, adoptantes, acogedores (ahora también cónyuges o parejas de hecho) con un niño enfermo de cáncer u otra enfermedad grave desde 2011. Esta prestación se reconoce a la persona que reduce su jornada laboral al menos en un 50% para el cuidado de la persona enferma y tiene como objeto compensar la pérdida de ingresos. En la actualidad hay unos 9.700 procesos en vigor, cuya duración media es de 502 días. Más del 80% de las prestaciones reconocidas se dirigen a mujeres. |