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DECLARACIÓN DE LA RENTA 22-23

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DECLARACIÓN DE LA RENTA 22-23: PLAZOS, QUIÉNES TIENEN QUE REALIZARLA Y CÓMO PUEDO TRAMITARLA

Adriana Rivera - as.com

La Agencia Tributaria ya ha publicado las nuevas fechas en las que se podrá empezar a hacer la Campaña de la Renta y Patrimonio.

El Gobierno, a través de la Agencia Tributaria, ya ha publicado el calendario para la Campaña de la Renta y Patrimonio. En este sentido, el calendario fiscal detalla cuáles son las obligaciones de las personas físicas, los trabajadores por cuenta propia y las empresas en España.

Será el abril de 2023 cuando comience la próxima tributación y presentación de la declaración anual del IRPF correspondiente al ejercicio económico de 2022, que, como cada año, se realizará a través del modelo 100 entre los meses de abril y junio.

Estas son las fechas

11 de abril al 30 de junio de 2023. Los contribuyentes podrán acceder al borrador de la renta a través de internet, mediante el sistema Renta Web.

5 de mayo a 30 de junio de 2023. La Agencia Tributaria le podrá confeccionar la declaración de la Renta por teléfono. Para ello, habrá que cubrir la solicitud de cita previa desde el 2 de mayo al 29 de junio.

1 a 30 de junio de 2023. La Agencia Tributaria confeccionará la declaración presencialmente en sus oficinas, para lo que también es necesario pedir cita, en este caso, desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio.

La cita para ser atendido por teléfono o de manera presencial se puede concretar a través de Internet, en la página web de la Agencia Tributaria, o llamando a los siguientes números de teléfono: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.

Las personas que presenten la declaración fuera de plazo se enfrentarán a multas que variarán en función del retraso.

Novedades

En los Presupuestos Generales del Estado (PGE) se incorporaron algunas novedades acerca de la declaración de la Renta, aunque no entrarán dentro de la declaración de este año. Una de las novedades es la subida de 14.000 a 15.000 euros del mínimo exento para declarar el IRPF y la ampliación de 18.000 a 21.000 euros la reducción por los rendimientos del trabajo.

Sí habrá modificaciones en el IRPF en las comunidades autónomas que aprobaron cambios en los tramos del impuesto con carácter retroactivo, como es el caso de Madrid, Galicia, Comunidad Valenciana, Andalucía y Murcia.

Por otro lado, se reduce de 2.000 a 1.500 euros la cantidad que el contribuyente puede deducir de planes de pensiones privados, mientras que, por el contrario, se ha ampliado hasta los 8.500 euros la reducción que se aplica en caso de que el contribuyente tenga un plan de pensiones de empresa.

La última novedad es que las madres de niños menores de 3 años y sin empleo, y que reciben prestaciones contributivas o asistenciales, podrán aplicar la deducción por maternidad.

FUENTE: https://as.com/actualidad/declaracion-de-la-renta-22-23-plazos-quienes-tienen-que-realizarla-y-como-puedo-tramitarla-n/