NUEVAS DEDUCCIONES EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA POR REFORMAS QUE MEJOREN LA EFICIENCIA ENERGÉTICA Patricia Páramo - informacion.es El BOE ha publicado una prórroga que puede suponer un ahorro de hasta 9.000 euros en el IRPF para quienes hagan reformas que mejoren la eficiencia energética. Todo está recogido en la Disposición adicional quincuagésima de la Ley del IRPF, modificada por el Real Decreto-ley 16/2025, de 23-12. 3 niveles de deducción La norma contempla 3 niveles de deducción estatal por obras en viviendas, según el grado de mejora energética acreditado. Para acceder a cualquiera de ellas, es imprescindible contar con un certificado energético previo y otro posterior, emitidos por un técnico competente. A) Deducción básica del 20% Se aplica si las obras reducen al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración. Tiene una base máxima anual de 5.000 euros, por lo que el ahorro puede llegar a 1.000 euros por ejercicio. Vale tanto para vivienda habitual como para inmuebles alquilados o que se vayan a alquilar antes del 31-12-2027. B) Deducción del 40% El segundo tramo de deducción es del 40%, pero requiere una mejora energética más ambiciosa. Se aplica si se reduce al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o si se consigue una calificación energética “A” o “B” en la vivienda. En este caso, la base máxima sube a 7.500 euros, lo que permite deducir hasta 3.000 euros al año. Los plazos para beneficiarse son los mismos que en el caso anterior: pagos hasta el 31-12-2026 y certificado final antes del 1-1-2027. C) Deducción del 60% que permite llegar a los 9.000 euros El tercer supuesto contempla una deducción del 60% y está pensada para comunidades de vecinos que realicen rehabilitaciones energéticas integrales en el edificio. Aquí, los requisitos son similares: lograr al menos un 30% de mejora o alcanzar las letras “A” o “B” en la certificación del inmueble. La base anual es de 5.000 euros, pero lo interesante es que las cantidades no deducidas se pueden acumular durante 4 ejercicios hasta un total de 15.000 euros. Esto permite deducir hasta 9.000 euros en total, repartidos en varios años. Las obras deben realizarse hasta el 31-12-2027, con el certificado emitido antes del 1-1-2028. Nada de efectivo Para que Hacienda acepte estas deducciones, hay un requisito formal que no se puede pasar por alto: todos los pagos deben hacerse por medios bancarios (transferencia, tarjeta, cheque o ingreso). Quedan excluidas las entregas en efectivo, que invalidan la deducción. Tampoco se podrán deducir gastos vinculados a equipos que utilicen combustibles fósiles, ni cantidades cubiertas por subvenciones públicas. Entre los gastos deducibles sí se incluyen honorarios profesionales, redacción de proyectos, dirección de obra, materiales y certificaciones energéticas. Estas deducciones están abiertas tanto a particulares como a propietarios de viviendas en alquiler o por alquilar, e incluso a comunidades de propietarios. Para aprovecharlas, es importante planificar bien la reforma y asegurarse de que todo el proceso cumple con los requisitos legales. ¿Cuáles son los tipos de reformas que se pueden realizar para calificar para estas deducciones? Para acceder a las deducciones por reformas en la casa hay que realizar aquellas que mejoren el aislamiento térmico y reduzcan la necesidad de climatización, como por ejemplo: - Sustitución de ventanas o cerramientos por otros más eficientes. - Mejora del aislamiento térmico en fachadas, cubiertas o suelos. - Incorporación de materiales o sistemas que reduzcan las pérdidas de calor o frío. Con estas obras se puede conseguir la deducción del 20 % sobre el gasto si se logra una reducción mínima del 7 % en la demanda energética de calefacción y refrigeración. |