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LAS CLAVES SOBRE LA DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD


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LAS CLAVES SOBRE LA DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD

Sergio de la Cruz - eleconomista.es

- Las mujeres con menores de edad de hasta tres años pueden acogerse a ella

- El máximo por menor de edad es de 1.200 euros de deducción al año

A la hora de presentar el borrador de la Renta, el contribuyente tendrá que prestar atención a las deducciones que pueda justificar ante la Agencia Tributaria. Una de ellas es la deducción por maternidad, que bajo los supuestos permitidos por la ley puede ser importante a la hora de hacer la declaración.

Tal y como describe la Agencia Tributaria, desde 2003 todas aquellas mujeres "con hijos menores de tres años con derecho al mínimo familiar por descendientes que realicen una actividad por cuenta propia o ajena y estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad" pueden deducirse 1.200 euros anuales por niño. Para acogerse a esta deducción, los niños tendrán que haber nacido o sido adoptados en suelo español.

La realización de una actividad por cuenta propia o ajena es indispensable, por lo que todas aquellas personas en desempleo, con prestaciones o subsidios, no tendrán derecho a las deducciones. Tras la oleada de ERTE’s por la crisis del coronavirus, las personas afectadas por estos expedientes, en caso de no realizar otra actividad, tampoco tendrán derecho a la deducción durante el periodo de aplicación de dicho expediente. Lo mismo sucede con las personas que han pedido excedencias en sus trabajos.

Esta cantidad se repartirá de forma proporcional acorde a los meses del año que se cumplan los requisitos antes formulados (se cuenta el mes de nacimiento y no en el que el niño cumple los tres años) y podrá tener una deducción extra de 1.000 euros anuales por hijo por gastos de guardería o centros de educación infantil.

¿Cómo se puede cobrar la deducción por maternidad?

En cualquiera de los casos establecidos, los contribuyentes podrán pedir, mediante el modelo 140, el abono de forma adelantada de estas deducciones, a cobrar de manera mensual, un máximo de 100 euros al mes. En este punto, la Agencia Tributaria advierte de que bajo esta circunstancia "no se minorará la cuota diferencial del impuesto".

Si, abonados los importes de manera adelantada, cuando se realiza el borrador el contribuyente no cumple con alguno de los requisitos, deberá corregir en el borrador la diferencia. También si, durante ese periodo de tiempo, hubiese cobrado menos de lo que establece la ley.

Merece un aparte la posibilidad de que el contribuyente esté afectado por un ERTE mientras cobra de manera adelantada esta mensualidad: durante los meses de aplicación del expediente de regulación de empleo no podrá cobrar estas cuotas, ya que se encontrará en la práctica en una situación de desempleo.

La otra forma es aplicar la deducción en el momento de realizar la declaración, al igual que el resto deducciones contempladas por Hacienda a la hora de realizar el borrador.

¿En qué casos se puede aplicar la deducción por maternidad?

Dado el gran abanico de opciones en las situaciones de nacimiento, adopción o acogida, Hacienda hace referencia a algunas excepciones que también aparecen contempladas para ayudar a hacer el borrador de la renta.

Si la persona a la que se adopta o acoge es mayor de edad, los contribuyentes podrán realizar la deducción por maternidad durante los tres primeros años a partir del registro o hasta que el adoptado o acogido cumpla 25 años. Si es menor de edad, esta deducción se podrá aplicar los tres años siguientes.

Si la adopción se ha realizado por un matrimonio, será la mujer la que disfrute de la deducción, pero si la adopción es de una sola persona, será ésta la que la consiga, aunque sea un hombre. Si la mujer fallece, el padre (en caso de cumplir con los requisitos enunciados anteriormente) podrá realizar esa deducción durante el tiempo restante.

Las mujeres con gemelos podrán deducirse el doble, 2.400 euros anuales. La cantidad a cobrar de manera adelantada, por lo tanto, también se duplicaría: 200 euros al mes.

Para las familias en las que los progenitores son del mismo sexo, hay dos opciones: si ambos tienen derecho a la deducción se dividirá entre dos y, si en algunos meses solo uno de ellos tiene derecho a la deducción, será el único que la pueda disfrutar.

Si los menores de tres años perciben rentas superiores a los 8.000 euros anuales, no se podrá aplicar la deducción por maternidad.

https://www.eleconomista.es/declaracion-renta/noticias/10477733/04/20/Renta-2019-las-claves-sobre-la-deduccion-por-maternidad.html