LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES DURANTE EL PLAZO DE SUSPENSIÓN Paro Cualquier trabajador afectado por un ERTE tiene derecho a una prestación por desempleo, sin necesidad de haber cotizado un periodo mínimo a la Seguridad Social. Durante los primeros 180 días percibirá el 70% de la base reguladora y el resto de días el 50%. Vacaciones Mientras dure el ERTE, el trabajador no generará vacaciones ni tampoco la parte proporcional de las pagas extraordinarias. En caso de estar de vacaciones cuando empieza el ERTE, las dejará de disfrutar y empezará a cobrar la prestación por desempleo. Antigüedad El trabajador no pierde antigüedad y el tiempo que dure el expediente computará a efectos de despido. Bajas Si un trabajador está de baja por incapacidad temporal y es incluido en un ERTE, solo se verá afectado por este cuando vuelva a ser dado de alta. Trámites Será la empresa la que deberá llevar a cabo todos los trámites ante el Servicio Estatal de Empleo (SEPE). Este organismo ha paralizado todos los plazos para solicitar prestaciones y no ofrece atención presencial. Solo se atiende a las empresas por internet o por teléfono. https://cincodias.elpais.com/cincodias/2020/04/01/legal/1585764411_646293.html
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