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¿QUÉ HACER ANTE UN DESPIDO EN SITUACIÓN DE BAJA MÉDICA?

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¿QUÉ HACER ANTE UN DESPIDO EN SITUACIÓN DE BAJA MÉDICA?

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Analizamos los diferentes escenarios en lo que pueden encontrarse empresa y empleados cuando se produce un despido asociado a una baja laboral por enfermedad

No cabe duda de que el desempleo ha sido uno de los mayores problemas en España durante los últimos 20 años. Antes de la crisis de 2008, la tasa de paro era del 8,57%, pero entre 2010 y 2016 superó el 20%. Aunque ha mejorado, el desempleo sigue siendo un reto estructural que requiere reformas profundas. En 2024 aún es del 12,29% y supera los 2,7 millones de desempleados, siendo Ceuta, Melilla y Andalucía las regiones más afectadas.

Cabe señalar que de entre todos los colectivos, los jóvenes son los más perjudicados, con una de las tasas de desempleo juvenil más altas de Europa, siendo muchos los que han emigrado en busca de mejores oportunidades laborales. A todo ello hay que añadir un aumento continuo de despidos

Si analizamos los datos de la Seguridad Social encontraremos un aumento continuo de despidos que agrava la situación del desempleo, destacando los despidos disciplinarios, que representaron el 54,6% en el primer cuatrimestre de 2023. Estos despidos, que no conllevan indemnización, son ahora la opción más común para las empresas.

Por otro lado, es importante mencionar que, aunque la reforma laboral de 2012 eliminó el despido '"exprés", en contrapartida aumentó la judicialización de los despidos, ya que muchas empresas recurren al despido disciplinario para luego negociar una compensación. Esto ha generado un crecimiento de los despidos disciplinarios en la última década, mientras que los despidos objetivos, con indemnización de 20 días por año, son menos frecuentes.

A pesar de la reforma laboral de 2021, que intentó endurecer los criterios de despido, la legislación sobre el despido libre no cambió sustancialmente. Recientemente, el Comité Europeo de Derechos Sociales cuestionó la baja indemnización por despido improcedente en España, impulsando la necesidad de una nueva reforma legal que aún está pendiente.

Los despidos en situación de baja médica y su posible declaración como despido nulo

La Ley 15/2022 de 12-7, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, vigente desde el 14 de julio, busca prevenir y erradicar cualquier forma de discriminación, incluyendo la protección de las víctimas. Una de las principales novedades es la incorporación de la "enfermedad o condición de salud" como una causa de discriminación, afectando directamente el ámbito laboral. Antes, el despido de trabajadores en baja por incapacidad temporal (IT) no se consideraba automáticamente discriminatorio, salvo en casos de larga duración que implicaban una discapacidad.

Con esta ley, cualquier despido motivado por una baja médica puede ser declarado nulo, ya que se considera discriminatorio. Además, la norma impone la carga de prueba a la empresa, que debe demostrar una justificación objetiva para el despido. En caso de nulidad, la empresa debe readmitir al trabajador y pagar los salarios perdidos, además de indemnizar por daños morales.

La Ley 15/2022 de 12-7

Artículo 26. Nulidad de pleno derecho.

Son nulos de pleno derecho las disposiciones, actos o cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de alguno de los motivos previstos en el apartado primero del artículo 2 de esta ley.

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Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación.

1. Se reconoce el derecho de toda persona a la igualdad de trato y no discriminación con independencia de su nacionalidad, de si son menores o mayores de edad o de si disfrutan o no de residencia legal. Nadie podrá ser discriminado por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, expresión de género, enfermedad o condición de salud, estado serológico y/o predisposición genética a sufrir patologías y trastornos, lengua, situación socioeconómica, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Un marco ambiguo para el empresario

No obstante, a pesar de que esta Ley y este cambio, ha creado un escenario de incertidumbre para las empresas, que ahora deben extremar la cautela a la hora de despedir a trabajadores en baja médica, a día de hoy siguen produciéndose los despidos improcedentes en situación de baja médica. Saber qué hacer en estas circunstancias es fundamental para hacer valer tus derechos. Es por este motivo, que desde aquí te recomendamos solicitar el asesoramiento de un experto profesional en el sector. Hablamos de Eduardo Jiménez, abogado experto en derecho laboral en Málaga.

Las bases legales establecen que un despido de un trabajador en situación de baja médica, es decir, enfermo o con una condición de salud adversa, puede ser considerado nulo. Esto se aplica sin importar la duración de la baja médica o incapacidad temporal, garantizando mayor protección frente a despidos discriminatorios por motivos de salud.

Condiciones para considerar nulo el despido durante una baja médica

El despido durante una baja médica no es automáticamente nulo, sino que debe demostrarse que vulnera derechos fundamentales, específicamente el derecho a la igualdad del artículo 14 de la Constitución Española. De esta manera, el trabajador debe presentar indicios de que el despido está relacionado con su baja médica. A partir de ahí, corresponde al empleador probar que la causa del despido no tiene relación con la baja.

Entre los indicativos de discriminación se incluyen la proximidad temporal a la baja médica y la falta de justificación del despido. Como es posible observar, se trata de una situación compleja.

La rapidez es primordial

Frente a un despido injusto, la rapidez es esencial para restaurar nuestros derechos laborales. Es muy conveniente acudir a los tribunales sin demora, ya que el incumplimiento de los plazos puede llevar a la pérdida de derechos.

Los plazos clave son:

- Reclamación por despido: 20 días hábiles desde la notificación del despido o sanciones.

- Reclamación de salarios pendientes: un año para exigir el pago de lo adeudado.

- Solicitud de prestación por desempleo: 15 días hábiles para formalizar esta solicitud tras el despido.

Aunque es natural necesitar un tiempo para recuperarse, es indispensable actuar rápidamente.

FUENTE: https://cronicaglobal.elespanol.com/recomendados/20241002/que-despido-situacion-medica-laboris-law-solucion/890410975_0.html