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¿CÓMO SE TIENE QUE DECLARAR A LA AGENCIA TRIBUTARIA LA DEVOLUCIÓN DE LAS CLÁUSULAS SUELO?


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¿CÓMO SE TIENE QUE DECLARAR A LA AGENCIA TRIBUTARIA LA DEVOLUCIÓN DE LAS CLÁUSULAS SUELO?

J. G. Jorrín - elespanol.com

La AEAT tiene el listado de todas las personas a las que los bancos han devuelto lo cobrado indebidamente y avisará a los contribuyentes por si tienen que declararlo.

La Campaña de la Renta 2016 incorpora una novedad importante este ejercicio: la declaración de la devolución de las cláusulas suelo cobradas indebidamente por los bancos.

La Agencia Tributaria ha solicitado a las entidades financieras un listado de todas las personas beneficiadas con la devolución y les enviará un aviso por si tienen que incluir esta información en su borrador y por si tienen que revisar las declaraciones de ejercicios anteriores.

La devolución de la cláusula suelo no tributa como renta del capital, pero sí que es necesario devolver la parte de esos intereses que se utilizó para elevar el montante de las deducciones por compra de vivienda o como gasto de intereses deducible.

Por ejemplo, si el banco cobró durante un año 50 euros mensuales de más y esa cuantía sirvió para aumentar la deducción, ahora tiene que devolverse para los ejercicios no prescritos. La Agencia Tributaria no aplicará intereses de demora a estas regularizaciones ni sanciones.

Tampoco se devolverá en todos los casos, sólo en aquellos en los que las entidades financieras han entregado el dinero en efectivo al hipotecado.

Si por el contrario, esta devolución se utilizó para amortizar una parte del préstamo hipotecario, el contribuyente no tendrá que declarar esta cuantía ni pagar nada a Hacienda.

En este caso, aunque no tenga que regularizar esta cuantía, sí que tendrá que restarla en la deducción por inversión en vivienda a partir de este ejercicio 2016.

¿Cómo me pongo al día?

En el caso de que el contribuyente haya recibido en efectivo esta cláusula suelo y si se benefició de esta deducción, tendrá que incorporar esta modificación en la declaración de este año y también regularizar su declaración de los últimos cuatro ejercicios (2015, 2014, 2013 y 2012) que son los que todavía no están prescritos.

Para incorporar esta información al borrador de 2016, tendrá que marcar las casillas 522 y siguientes. Además, tendrá que presentar una declaración complementaria para esos ejercicios no prescritos.

En el caso de contribuyentes que incluyeran sus intereses hipotecarios como gasto deducible también tienen que regularizar la devolución de esta cláusula suelo.

Al igual que en el caso anterior, la actualización de sus declaraciones se limita a los ejercicios no prescritos (hasta 2012) y tampoco pagarán ninguna sanción ni intereses de demora.