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FINANCIACIÓN AL SEPE PARA GASTOS DE CUOTAS Y PRESTACIONES

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FINANCIACIÓN AL SEPE PARA GASTOS DE CUOTAS Y PRESTACIONES

Referencia del Consejo de Ministros de 22-10-2024

El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de un suplemento de crédito en el presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social, por importe de 7.660.746,38 €, destinado a financiar el incremento en el gasto de cuotas de beneficiarios y prestaciones económicas por cese de actividad de trabajadores autónomos, financiado con cargo al remanente de tesorería.

El SEPE solicitó un suplemento de crédito en las aplicaciones presupuestarias

- 'Prestación económica por cese de actividad de trabajadores autónomos, incluso obligaciones de ejercicios anteriores', por importe de 4.185.055,63

- 'Para pago de cuotas, subvenciones y bonificaciones a la Seguridad Social. Cuota de beneficiarios de la prestación económica por cese de actividad, incluso obligaciones de ejercicios anteriores', por importe de 3.475.690,75 €

Lo que totaliza 7.660.746,38 €.

Según se indica en la Memoria, el SEPE abona esta prestación con carácter muy residual, ya que la mayor parte de personas beneficiarias de la misma encuentran esta contingencia protegida por una Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social (MATEPSS).

De hecho, la Disposición Transitoria 1ª del Real Decreto-ley 28/2018, de 28-12 establece que los trabajadores de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social con anterioridad al 1-1-1998 que hubieran optado por mantener la protección de la I.T. con la entidad gestora (INSS), deberán optar en el plazo de 3 meses a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto-Ley (1-1-2019) por una Mutua colaboradora, surtiendo efectos dicha opción a partir del 1-6-2019.

En tanto se produzca dicha opción, seguirá gestionando la prestación por cese de actividad el SEPE. No obstante, es cierto que no todas las personas trabajadoras en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos han cumplido con lo indicado en la Disposición Transitoria 1ª del Real Decreto-ley 28/2018, de 28-12 y, por tanto, todavía hay algunas personas incluidas en el citado Régimen Especial que no han optado por una Mutua para que gestione la protección por I.T., y el SEPE sigue abonando la misma.

Por otro lado, el cese de actividad abonado a las personas trabajadoras incluidas en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar se imputa al presupuesto del SEPE por los acuerdos existentes entre este organismo y el ISM, regularizándose los importes correspondientes en la cuenta de relación que mantiene el SEPE y la TGSS.

En este contexto, y según se pone de manifiesto en la documentación:

El concepto 489 'Prestación económica por cese de actividad de trabajadores autónomos, incluso obligaciones de ejercicios anteriores', recoge los importes destinados a financiar la actividad de trabajadores autónomos que debe financiar el Servicio Público de Empleo Estatal de acuerdo con sus competencias. Presenta el siguiente resumen presupuestario:

- Importe de gasto de enero a septiembre: 7.312.156,98 €

- Estimación gasto octubre a diciembre: 2.437.385,67 €

- Insuficiencia presupuestaria en 2023: 72.002,98 €

Total gasto previsto en 2024: 9.821.545,63 €

Dado que el crédito inicial en esta aplicación es de 5.636.490 €, existe una insuficiencia crediticia en el presente ejercicio de 4.185.055,63 €.

El subconcepto 'Para pago de cuotas, subvenciones y bonificaciones a la Seguridad Social. Cuota de beneficiarios de la prestación económica por cese de actividad, incluso obligaciones de ejercicios anteriores', recoge la cuantía de la Seguridad Social del trabajador autónomo, por contingencias comunes al régimen correspondiente. Presenta el siguiente resumen presupuestario:

- Importe de gasto de enero a agosto: 2.812.936,60 €

- Estimación gasto septiembre a diciembre: 1.162.754,15 €

- Total gasto previsto en 2024: 3.975,690,75 €

Dado que el crédito inicial en esta aplicación es de 500.000 €, existe una insuficiencia para el presente ejercicio de 3.475.690,75 €.

La suma total de las necesidades expuestas asciende a 7.660.746,38 €, insuficiencia de crédito que pretende financiarse mediante el presente suplemento de crédito, con cargo al remanente de tesorería afectado del Organismo.

Por todo lo expuesto, y con la finalidad indicada, se autoriza la modificación de crédito solicitada.