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LOS QUE QUEDAN FUERA DE LA SANIDAD UNIVERSAL DEL GOBIERNO DE PEDRO SÁNCHEZ


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LOS QUE QUEDAN FUERA DE LA SANIDAD UNIVERSAL DEL GOBIERNO DE PEDRO SÁNCHEZ

elsaltodiario.com

Desde Yo Sí Sanidad Universal denuncian que el Gobierno del PSOE mantiene fuera del acceso a la sanidad a españoles emigrados y reagrupados. El decreto ley aprobado también obliga a contar con un informe de Servicios Sociales a los menores de edad, embarazadas y personas con urgencias médicas en situación irregular para acceder a la asistencia sanitaria.

Los miles de personas que llevan más de 3 meses fuera de España buscando trabajo seguirán sin ser titulares del derecho a la asistencia sanitaria. También las mujeres extranjeras en situación irregular que no puedan acreditar la residencia en el país por al menos 90 días, ni los menores edad en esta situación. Ni siquiera aquellas personas con urgencias médicas, según una valoración del Real Decreto aprobado por el Gobierno de Pedro Sánchez realizada por Yo Sí Sanidad Universal.

El Real Decreto-ley 7/2018, del 27-7 sobre el “acceso universal al Sistema Nacional de Salud”, publicado en el BOE el 30 del mismo mes, afirma en su preámbulo el “derecho primordial de toda persona” en cuanto al acceso al sistema sanitario, como se reconoce en la normativa supranacional y europea, y sobre el que “no cabe introducción de elemento discriminatorio alguno”.

En la declaración de objetivos del texto, el Gobierno de Sánchez incide en la misma idea:

“El presente real decreto-ley obedece fundamentalmente a la necesidad de garantizar la universalidad de la asistencia, es decir, a garantizar el derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria, en las mismas condiciones, a todas las personas que se encuentren en el Estado Español”.

Sin embargo, según destacan desde Yo Sí Sanidad Universal, movimiento creado ante el apartheid sanitario implantado por el Partido Popular en 2012, el desarrollo de la norma “tiene importantes defectos que lo sitúan lejos de alcanzar la pretendida universalidad en el acceso al Sistema Nacional de Salud”.

El colectivo apunta que el texto legislativo no garantiza el derecho a la protección de la salud “a todas las personas que se encuentran en el Estado Español”. Tampoco que este derecho tendrá lugar en las mismas condiciones para todas las personas. Señalan desde el colectivo que:

“Con el nuevo RDL 7/2018 propuesto por el Gobierno no solo seguirán existiendo personas que, residiendo en territorio español, encontrarán barreras para acceder al sistema sanitario, sino que, además, en algunos casos, estas barreras serán aún mayores que las que instauró el RDL 16/2012 de exclusión sanitaria del gobierno del PP”.

TITULAR, O NO, DEL DERECHO A LA SALUD

El artículo 3 del RDL 7/2018 señala que:

“son titulares del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria todas las personas con nacionalidad española y las personas extranjeras que tengan establecida su residencia en el territorio español”.

En la práctica, la normativa exige, para aquellos que no tengan nacionalidad española, el “tener reconocido su derecho a la asistencia sanitaria en España por cualquier otro título jurídico”.

Desde Yo Sí Sanidad Universal apuntan que:

“El nuevo RDL 7/2018 mantiene inexplicablemente la división entre españoles y personas con permiso de residencia, por un lado, y por otro las personas sin permiso de residencia, diferencia introducida por el gobierno del PP”.

“El hecho de excluir de la titularidad del derecho a las personas que teniendo establecido su domicilio en España son considerados ‘no autorizados como residentes’ resulta contradictorio con un preámbulo que habla de ‘no discriminación’.

De alguna manera, esta discriminación entre diferentes tipos de ciudadanos desmiente que el gobierno socialista esté considerando el derecho a la salud como ‘inherente a todo ser humano”, añaden.

Frente a las declaraciones del Ministerio de Sanidad, desde donde afirman que “no existe ninguna alternativa regulatoria menos restrictiva de derechos”, este colectivo recuerda que la redacción original del artículo 12 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11-1, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social —antes de su modificación por el RD-L 16/2012 del PP— reconocía la titularidad del derecho a “todos los españoles y extranjeros en territorio nacional”, al igual que en la proposición de Ley 122/000002, presentada al Congreso por el propio PSOE en 2016 para sustituir al RDL 16/2012 cuando ese partido estaba en la oposición.

En cuanto a las personas con permiso de residencia en España, el texto aprobado por el Gobierno de Sánchez, aunque les reconoce como titulares del derecho a la asistencia sanitaria, les añade el requisito de “no tener la obligación de acreditar la cobertura obligatoria de la prestación sanitaria por otra vía”. Una modificación que, según apuntan desde el colectivo sobre derecho a la salud, “se hace sin aclarar el cómo y a qué casos se aplica”, y tiene importante trascendencia práctica.

Desde Yo Sí Sanidad Universal recuerdan que el decreto sanitario del PP de 2012, aunque reconocía el acceso a las personas con permiso de residencia, supuso que, en la práctica, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) denegara sistemáticamente el derecho a la asistencia sanitaria a extranjeros con permiso de residencia por ser madres y padres de personas con nacionalidad española, situación que ha sido repetidamente denunciada en los juzgados por este colectivo y sobre la que hasta el momento se han conseguido 40 sentencias condenatorias al INSS en al menos ocho comunidades autónomas.

Pese a la contundencia y repetición de los fallos de los tribunales, ni el gobierno anterior ni el actual han ordenado al INSS que cumpla la ley y cese en su persecución a estas familias, tramitando la asistencia sanitaria a la que tienen derecho y reintegrando los permisos de residencia que han sido retirados como estrategia intimidatoria”, lamentan desde Yo Sí Sanidad Universal, desde donde apuntan que, con el nuevo real decreto, dada la ambigüedad del texto, es posible que las comunidades autónomas lo interpreten de forma restrictiva.

Ya en agosto, con la entrada en vigor del texto aprobado por el Gobierno de Sánchez, Yo Sí Sanidad Universal denuncia que tanto el Ministerio de Sanidad como el INSS han continuado en la exclusión sanitaria de las madres y los padres reagrupados en España, exigiéndoles seguros de salud privados. Desde el colectivo advierten que “El actual RDL podría ser usado para dar respaldo jurídico a una práctica que hasta ahora los jueces están declarando como ilegal”.

PERSONAS EXTRANJERAS SIN PERMISO DE RESIDENCIA

Las personas extranjeras en situación irregular en España —con la excepción de las mujeres embarazadas, los y las menores de edad y los casos de urgencias—, excluidas del acceso a la salud por el Partido Popular sí tienen ahora reconocida la asistencia sanitaria, pero no la titularidad de este derecho.

Desde Yo Sí Sanidad Universal detallan que, en el nuevo texto, el acceso a la salud para estas personas está vinculado al cumplimiento de una serie de requisitos entre los que están no tener la obligación de acreditar la cobertura obligatoria de la prestación sanitaria por otra vía, no poder exportar el derecho de cobertura sanitaria desde su país de origen o procedencia y no existir un tercero obligado al pago.

El texto deja en manos de las CC.AA. el procedimiento para la solicitud y expedición del documento certificativo que acredite a las personas extranjeras para poder recibir la prestación asistencial. “Todo ello mina la teórica universalidad de este RDL y establece barreras para el acceso a la atención sanitaria”, apuntan desde el colectivo, que añade que, además, la mayoría de las “pruebas” que tienen que aportar para poder tener reconocido su acceso a la sanidad “están en gran medida fuera del alcance de la persona que precisa ser atendida”.

Como ejemplo citan el documento que certifique no poder exportar el derecho de cobertura sanitaria desde su país de origen o procedencia o el que acredite que no se tiene cobertura por otra vía. “Es una barrera casi infranqueable”, señalan.

Desde Yo Sí Sanidad Universal continúan:

“Es importante darse cuenta de que este requisito obliga a personas que han abandonado su país de forma irregular en una situación sanitaria y administrativa precarias a conseguir unos documentos que nadie sabe si se expiden, ni dónde, cómo y quién lo hace. Nos preocupa que las condiciones para el reconocimiento del derecho supongan de facto una imposibilidad para acceder al mismo”.

LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS COMO RESPONSABLES

Otro de los puntos analizados por Yo Sí Sanidad Universal de la nueva normativa es que, en contra de lo expresado por la ministra de Sanidad, que mostró su intención de homogeneizar el acceso a la salud en todo el Estado, esta señala a las CC.AA. como las responsables del proceso de reconocimiento y acreditación del derecho a la sanidad de las personas extranjeras. “Se mantiene la situación que existe actualmente, en la que todas las CC.AA. —salvo dos excepciones— ya tienen sus maneras de acreditar el acceso”.

Y AÚN PEOR...

Desde Yo Sí Sanidad Universal señalan como muestra un informe elaborado por el Servicio Madrileño de la Salud (SERMAS), con título “Informe de situación ante el nuevo RDL” en el que se advierte de que las nuevas exigencias contempladas en el Real Decreto del Gobierno de Sánchez “van a excluir del derecho a la asistencia sanitaria incluso a personas actualmente incluidas en el sistema sanitario” y que a partir de ahora podrían tener que asumir facturas por asistencias que hasta el momento la Comunidad de Madrid prestaba con cargo a fondos públicos.

Ver Informe de situación sobre el Nuevo Texto en materia de Universalidad del Sistema Nacional de Salud ->

https://www.lapirenaicadigital.es/SITIO/INFORMEDESITUACION.html

¿ESTANCIA TEMPORAL? INFORME DE SERVICIOS SOCIALES HASTA PARA EMBARAZADAS Y MENORES

Otro caso analizado por Yo Sí Sanidad Universal derivado de la nueva normativa es el de las personas en situación de estancia temporal. Para acceder a la asistencia sanitaria, tendrán que contar con un informe para ello por parte de los servicios sociales competentes de las CC.AA..

Los servicios de salud están considerando en situación de estancia a todas las personas sin permiso de residencia que no puedan acreditar mediante pasaporte o padrón al menos 90 días de estancia en el país”, explican desde el colectivo, señalando que “se está denegando atención a personas que, a pesar de llevar más de esos 90 días, no pueden acreditarlo por las enormes dificultades que multitud de ayuntamientos del Estado español imponen a la ciudadanía para conseguir empadronarse”, incluyendo a mujeres embarazadas, menores de edad y personas con casos de urgencia sanitaria, perfiles que con el nuevo real decreto han perdido su situación de excepción en el apartheid sanitario del Partido Popular.

Llama mucho la atención, y creemos que es lo que más problemas va a dar, que en el decreto del PP de 2012 se establecía como excepciones a la exclusión sanitaria a las embarazadas y los menores, y el texto del PSOE no tiene excepciones”, apunta Antonio Saiz, una de las personas que participan en Yo Sí Sanidad Universal.

Antes ya estaban negando el acceso a la sanidad, aun en los casos de las embarazadas, cuando no se acreditaba una residencia de 90 días; ahora, con este decreto ley, el PSOE lo ha institucionalizado, y al no establecer excepciones como las urgencias, las embarazadas o los menores de edad, estos también tendrán que demostrar que llevan 90 días viviendo en España para tener acceso a la sanidad”, continúa Saiz, que apunta que a día de hoy “ya hay lista de espera para esos informes ya que no es nada fácil acreditar que llevas 90 días en España”.

Desde el colectivo afirman que este plazo de 90 días no figura en ninguna normativa internacional referida a servicio sanitario y “se ha introducido interesadamente en las instrucciones y órdenes que las CC.AA. han desarrollado para interpretar y aplicar el RD-L 16/2012 de forma aún más restrictiva”. “Su pervivencia es un caballo de Troya del decreto de exclusión en el decreto que teóricamente pretendía derogarlo”, concluyen.

Desde Yo Sí Sanidad Universal señalan que este plazo de 90 días supone, además, una restricción en la mayoría de CC.AA., ya que, en algunas de ellas, como Baleares y Navarra, no se solicitaba acreditar la estancia para el acceso a la salud y en otras, como Andalucía o Asturias, era necesario acreditar solo un día de estancia.

Y SI RESIDES FUERA DE ESPAÑA, ESTÁS FUERA

El RDL 7/2018 deja en la misma situación de exclusión en la que están ahora a las personas españolas que han salido a buscar trabajo fuera”, señalan desde Yo Sí Sanidad Universal. “Pero, sobre todo, deja fuera a las que aún no lo han encontrado o que pasan unas temporadas fuera y otras en España y pagan impuestos aquí también, es decir, a las personas en situación más precaria”, continúan desde el colectivo.

El Real Decreto del Gobierno de Sánchez mantiene la exclusión del derecho a la atención sanitaria que introdujo el Partido Popular para estos casos para las personas que lleven 3 o más meses fuera del territorio estatal.

Además, la Disposición Final 2ª del decreto ley anuncia que:

Disposición final 2ª. Lista de espera de trasplantes.

Mediante Orden de la Ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, previo informe favorable del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, se establecerán los requisitos y período mínimo para que las personas extranjeras a las que se refiere el artículo 3 ter de la Ley 16/2003, de 28-5, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, puedan acceder a la lista de espera de trasplantes.

Parece deducirse que se pondrán condiciones especiales a las personas extranjeras a las que se refiere la disposición para a la lista de trasplantes”, señalan desde Yo Sí Sanidad Universal.

Desde este colectivo prevén que seguirán encontrándose con “situaciones marcadas por la arbitrariedad”. Entre ellas citan el caso de un menor que vive un centro de acogida de Tres Cantos que lleva esperando durante meses la cirugía que recomendó el especialista porque tiene dificultades para empadronarse y porque el informe que emitió el trabajador social del centro aún espera que alguien, en algún despacho del SERMAS, determine si tiene “validez jurídica”.

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