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EL TS EXIGE A LOS PLANES DE PENSIONES MÁS TRANSPARENCIA


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EL SUPREMO EXIGE A LOS PLANES DE PENSIONES MÁS TRANSPARENCIA AL RECUPERAR EL DINERO EN EL CASO DE RENTAS ASEGURADAS

Óscar Giménez - elconfidencial.com

Una sentencia critica la falta de información sobre las modalidades del rescate en la jubilación.

Recuerda que son productos que se distribuyen como una forma de ahorro

Nuevo aviso del Tribunal Supremo al sector financiero, en este caso a los bancos, gestoras y empresas que distribuyen planes de pensiones. La Sala de lo Civil exige en una sentencia más transparencia e información sobre las características y riesgos de las distintas modalidades del rescate del dinero ahorrado, especialmente en la opción de 'renta asegurada'.

En concreto, el alto tribunal se ha pronunciado tras dos sentencias contradictorias acerca de los derechos de cobro de las hijas del titular de un plan de pensiones tras su fallecimiento y el de su esposa, fallando en contra de Ibercaja (entidad demandada como promotora y gestora del plan de pensiones). El padre de los demandantes había optado al jubilarse en 2003 por cobrar el dinero ahorrado en forma de renta asegurada mensual y fija durante 15 años, designando como beneficiaria a su mujer en caso de fallecimiento.

En el año 2008 falleció su esposa, y dos años después murió el titular. Las hijas reclamaban que se mantuviera el pago de las rentas devengadas desde 2010 hasta la finalización del periodo del plan de pagos en 2018. Un juzgado zaragozano estimó la sentencia, pero la Audiencia Provincial la revocó al estimar que la prestación se extinguió con el fallecimiento del partícipe y su esposa, acabando el caso en el Supremo.

La sentencia de la Sala de lo Civil recuerda los planes de pensiones son productos que se comercializan como una forma de ahorro, y que por lo tanto “para un consumidor medio sin conocimientos específicos la misma expresión ‘renta asegurada’ evoca la garantía proporcionada por la promotora (Ibercaja Banco) y la gestora del plan (Ibercaja Pensiones) de que la renta se va a cobrar durante quince años”.

Falta de información

Así, en el caso estudiado el Supremo asegura que “no consta una información adecuada sobre las características de las opciones de cobro del plan y, en particular, sobre la extinción del derecho a cobrar la renta garantizada si fallecían el partícipe y su esposa antes del plazo garantizado de los quince años”. El fallo desestima el recurso de apelación que interpuso en su momento Ibercaja, estimando el recurso de casación de las demandantes.

El Tribunal Supremo señala que las entidades deben informar de manera “expresa” y con “claridad” del riesgo que entraña la modalidad de renta asegurada si fallece el beneficiario y la persona que le acompaña como beneficiaria. De hecho, pone como ejemplo un caso extremo de fallecimiento al día siguiente de decidir optar por la renta asegurada de ambos beneficiarios, dejando a los hijos sin posibilidad de recuperar nada del dinero ahorrado por su padres en el plan de pensiones.

https://www.elconfidencial.com/mercados/2019-01-25/supremo-sentencia-planes-de-pensiones-transparencia-riesgos_1783566/