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MEDIDAS URGENTES EN MATERIA ECONÓMICA DEL REAL DECRETO-LEY 9/2024

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REAL DECRETO-LEY POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS URGENTES EN MATERIA ECONÓMICA, TRIBUTARIA, DE TRANSPORTE, Y DE SEGURIDAD SOCIAL, Y SE PRORROGAN DETERMINADAS MEDIDAS PARA HACER FRENTE A SITUACIONES DE VULNERABILIDAD SOCIAL

Referencia del Consejo de Ministros de 23-12-2024

MEDIDAS DE CARÁCTER TRIBUTARIO

El Real Decreto-ley 9/2024, de 23-12 incluye varias medidas de carácter tributario como la prórroga de las deducciones en el IRPF de materias relacionadas con la eficiencia energética o el vehículo eléctrico, que benefician a hogares y familias, pero también la extensión durante 2025 de los límites excluyentes del método de estimación objetiva que utilizan un gran número de autónomos o el incremento del límite que obliga a los contribuyentes a presentar la declaración de Renta, que beneficiará a las personas con menores rentas.

En concreto, con la aprobación de este Real Decreto-ley el Gobierno prorroga hasta el 31-12-2025 la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas. Se trata de una medida vinculada al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) que permite a los contribuyentes una deducción en el IRPF de un 20%, 40% e incluso 60% de dichas obras.

También se prorroga hasta el 31-12-2025 la deducción por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y puntos de recarga. En este caso, la deducción alcanza el 15% del valor de adquisición del vehículo o de la instalación de los puntos de recarga.

En el Impuesto sobre Sociedades, el decreto prorroga al ejercicio 2025 la libertad de amortización para aquellas inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables. El objetivo de esta medida es promover el desplazamiento de los combustibles fósiles por energías renovables producidas de forma autóctona para contribuir a la mejora de la competitividad de las empresas españolas, la lucha contra el cambio climático y la mejora de la seguridad energética del país.

Límites tributación por módulos para los autónomos

Por otra parte, el decreto también incluye la prórroga un año más, durante 2025, de los límites cuantitativos que delimitan en el IRPF el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva, con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen su propio límite cuantitativo por volumen de ingresos. Con esta medida se muestra el compromiso del Gobierno con los autónomos.

Asimismo, también se prorrogan para el período impositivo 2025 los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, en el IVA.

Cambios en la obligación de presentar la declaración de Renta

En materia de IRPF y para beneficiar a las rentas más bajas el Gobierno eleva de 1.500 a 2.500 euros la cuantía total de los rendimientos íntegros del trabajo procedentes del segundo y restantes pagadores que obligan a presentar la declaración de la renta.

Es decir, que no estarán obligados a presentar la declaración de Renta aquellos contribuyentes con ingresos de hasta 22.000 euros que tengan más de un pagador siempre que la suma de las rentas del segundo o restantes pagadores no superen los 2.500 euros (hasta ahora eran 1.500 euros). De esta manera se reducen las obligaciones tributarias de los contribuyentes con menores rentas.

Por otra parte, el decreto incluye a los Artistas de Arte Sacro en el grupo 861 de la sección segunda de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas de forma expresa, con la finalidad de otorgar mayor seguridad jurídica a la clasificación de la actividad realizada por dichos artistas.

Nuevo impuesto a los cigarrillos electrónicos

La norma aprobada hoy también contempla retrasar hasta el 1-4-2025 la entrada en vigor del nuevo Impuesto sobre los Líquidos para Cigarrillos Electrónicos y otros Productos relacionados con el Tabaco. De esta manera se concede un mayor margen temporal para que los sujetos afectados puedan adaptarse a la nueva figura impositiva.

Por otra parte, la norma también modifica el impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras para efectuar un ajuste de carácter técnico y contable con el objetivo de facilitar la transición a las entidades financieras que se vean afectadas por el gravamen temporal que ha operado en 2023 y 2024 y el nuevo impuesto que comenzará a operar a partir de 2025.

Prórroga entregas a cuenta con la actualización de 2024

El compromiso del Gobierno con la financiación de las CC.AA. también se refleja en el Real Decreto-ley aprobado hoy. Ante la ausencia de nuevos Presupuestos, lo habitual sería prorrogar las entregas a cuenta contempladas en las últimas cuentas en vigor, es decir, las recogidas en los PGE 2023. Sin embargo, eso supondría un desfase muy importante respecto a los ingresos previstos para las autonomías en 2025.

Para minimizar esa circunstancia el texto prorroga las entregas a cuenta con la actualización de 2024 adoptada en el Real Decreto-ley 4/2024, de 26-6. Es decir, el Gobierno prorroga las entregas a cuenta sobre la base de las entregas a cuenta actualizadas en 2024 a la espera de aplicar las correspondientes a 2025, que serán las mayores de su historia. De esta manera se reduce el desfase en la financiación de las CC.AA..

Autorización a Valencia para aumentar su financiación ante la DANA

Asimismo, este Real Decreto ley regula, como en ejercicios anteriores, el régimen excepcional de endeudamiento de las CC.AA. durante 2025. De esta forma, se incluye el régimen ya previsto en años anteriores de autorizaciones de endeudamiento durante la suspensión de reglas fiscales hasta la publicación del primer informe de cumplimiento de objetivos previsto en Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Como novedad, el Gobierno permitirá en 2025 a la Comunidad Valenciana formalizar nuevas operaciones de endeudamiento a largo plazo o asignar recursos con cargo a los mecanismos adicionales de financiación para financiar los gastos extraordinarios derivados de la DANA.

En ese sentido, la financiación asignada con cargo a los mecanismos extraordinarios de financiación para cubrir esos gastos extraordinarios se considerará incluida dentro del Fondo de Financiación a CCAA.

Simplificación de la Ley de Contratos para impulsar la vivienda

Por último, el Real Decreto-ley contempla una modificación de la Ley de Contratos del Sector Público con el objetivo de impulsar la vivienda pública. Para ello se simplifica y flexibiliza el marco legal en los contratos de concesión para la promoción de vivienda social o a precio asequible en suelo o inmuebles de titularidad pública.

Escudo social para los consumidores vulnerables

El Consejo de Ministros ha incluido en el Real Decreto-ley la prórroga de varias medidas de protección de los consumidores vulnerables y de la industria electrointensiva, prolongando el escudo social vigente en materia de energía para paliar los posibles efectos del actual contexto geopolíticos. Igualmente, se mantienen actuaciones para fomentar la movilidad sostenible, con la prórroga de ayudas y de la exención fiscal vigente, y para fomentar el ahorro de energía.

En primer lugar, el Ejecutivo ha decidido mantener un año más la prohibición de interrumpir los suministros básicos de agua, luz y gas para los consumidores vulnerables establecida en 2021. La medida permanecerá vigente, por tanto, hasta el 31-12-2025.

Excepcionalidad en los descuentos del bono social

Igualmente, se prolonga la situación de excepcionalidad del bono social de electricidad destinado a los consumidores vulnerables y vulnerables severos, que se reforzó para dar respuesta a la crisis energética provocada por la invasión de Ucrania. Estos descuentos, originalmente fijados en el 25% y el 40%, se incrementaron hasta el 65% y el 80%, respectivamente, como parte de la respuesta integral del Gobierno, que incluyó, entre otras medidas, la "Excepción Ibérica", que supuso un ahorro de 5.000 millones de euros en la factura de los consumidores, además de una herramienta clave en la contención de la inflación.

Analizada la evolución de la situación en los mercados, el pasado junio se estableció una vuelta a la normalidad progresiva que terminaría en julio de 2025, con unos nuevos y reforzados descuentos: los consumidores vulnerables tendrán una reducción del 35% en lugar del 25% anterior a la crisis, y los vulnerables severos de 50% en vez del 40% previo. La norma aprobada da mayor margen a este progresivo ajuste, de modo que alcanzarán este nuevo y reforzado nivel de normalidad a partir del 1-1-2026.

Así, a partir del 1 de enero, los consumidores vulnerables tendrán un descuento del 50%. A partir del 1 de julio, será del 42,5% y el 1-1-2026 se estabilizará en el reforzado 35%. Los consumidores vulnerables severos tendrán un descuento del 65% a partir del 1 de enero, del 57,5% desde el 1 de julio y se estabilizará en el reforzado 50% en enero de 2026.

Por último, se mantiene el descuento del 80% de los peajes hasta el 31-12-2025 para las industrias electrointensivas.