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LAS NOVEDADES LABORALES MÁS IMPORTANTES DE 2019


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LAS NOVEDADES LABORALES MÁS IMPORTANTES DE 2019

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Principales novedades en materia laboral en 2019

2019 arranca con importantes novedades laborales. Se aprobaron en el último consejo de ministros del año y afectarán a millones de trabajadores. Salario mínimo, cotizaciones, tipos de contrato.

La última gran norma laboral del año pasado, el Real Decreto-ley 28/2018 introduce importantes novedades en materia laboral y de revalorización de pensiones.

1.- Nuevo Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de 900 euros al mes en 14 pagas

El SMI tiene en 2019 un incremento superior al 22% respecto del año anterior.

En el Régimen General queda establecido en 30 € al día, 900 € al mes en 14 pagas o 12.600 € al año.

Para los eventuales y temporeros, 42,62 € al día

Para los empleados de hogar, 7,04 € a la hora.

2.- Fin del contrato indefinido de apoyo a emprendedores

El contrato de emprendedores fue una de las grandes apuestas sobre las que el anterior gobierno fijó su estrategia para la creación de empleo. Se trataba de un contrato indefinido, pero con total libertad para la empresa a la hora de darlo por terminado durante el primer año, sin necesidad de justificar el motivo ni pagar indemnización al trabajador.

Es cierto que sirvió para el arranque de muchos emprendedores y pequeñas empresas, pero también ha sido utilizado por grandes compañías ya consolidadas para flexibilizar al máximo su contratación y aprovechar las bonificaciones en cuotas de la Seguridad Social.

Los sindicatos calificaron este contrato como “un contrato con despido libre durante el primer año” y el propio gobierno lo acusa de fomentar la precariedad laboral.

3.- Fin de las medidas de apoyo a la contratación vinculadas a tasas de paro superiores al 15 %

El RD-L 28/2018 también desaparecen muchas bonificaciones que se habían creado desde 2012 para fomento de la contratación cuando la tasa de paro superase el 15%.

En concreto, y además del mencionado contrato de emprendedores, se deroga la posibilidad de celebrar contratos de formación y aprendizaje con personas de entre 25 y 30 años.

También desaparecen los incentivos a la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa, la contratación indefinida de un joven por microempresas y empresarios autónomos, los incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven, el contrato al primer empleo joven y los incentivos a los contratos en prácticas.

4.- Fin del salario de acompañamiento para los jóvenes que lograsen contratos con Garantía Juvenil

Esta medida, que implantó el gobierno del Partido Popular a finales de 2018, consistía en un complemento de 430 € que se añadiría al sueldo que recibieran los jóvenes con contrato de formación y aprendizaje en el sistema de garantía juvenil.

El actual gobierno lo deroga por considerar que no se han recibido solicitudes suficientes y que provocaba situaciones de discriminación salarial entre unos y otros trabajadores. Se daba el caso de que trabajadores en formación podían estar recibiendo sueldos por encima de otros contratados por convenio colectivo.

5.- Nuevas prestaciones y sistema de cuotas de Seguridad Social para los autónomos

Los autónomos pagarán más cotizaciones en 2019. Tanto por las subidas en sus bases de cotización, como por el hecho de que algunas contingencias que antes eran voluntarias, pasan a ser ahora obligatorias. La tarifa plana de autónomos pasa a ser de 60 € al mes.

A cambio de esta mayor contribución, se duplica la duración de la prestación por cese de actividad (el paro de los autónomos), que pasa de 12 a 24 meses, y se mejoran las prestaciones sociales, como, por ejemplo, el hecho de que a partir del día 61 de baja médica por incapacidad, el autónomo recibirá una ayuda para que pueda seguir pagando su cuota de Seguridad Social mientras no trabaja.

6.- Recargo en los contratos temporales de muy corta duración

Los contratos temporales muy cortos (de 5 o menos días), ya tenían un recargo en las cuotas de la Seguridad Social de la empresa, pero en 2019 se incrementa, pasando el tipo del 36 al 40 %.

7.- Obligación de dar de alta en Seguridad Social a otras modalidades de prácticas

Toda persona que esté participando en una práctica académica externa, programas de formación o prácticas no laborales, tendrá que ser dado de alta obligatoriamente en el régimen general de la Seguridad Social, aunque sus prácticas no tengan remuneración.

El alta en Seguridad Social no incluirá las prestaciones por desempleo. Esta norma entrará en vigor a partir del 1-2-2019 y está previsto un desarrollo reglamentario para regularizar las situaciones de las personas que ya están realizando este tipo de prácticas.

8.- Aumento en las bases y tipos de cotización 2019

La base máxima de cotización se fija en 4.070,10 € (subida del 7% respecto a 2018) y la base mínima de autónomos 944,40 € al mes (sube un 1,25 %).

Se mantienen en 2019 los tipos de cotización en los importes establecidos para 2018.

9.- Revalorización salarial para los funcionarios

Se establece una subida de la retribución de los empleados públicos del 2,25%, con la posibilidad de un incremento variable, con los criterios que explicamos en este artículo.

10.- Importantes novedades en materia de pensiones y jubilación

Además de los cambios en el ámbito laboral, el RD-L 28/2018 introdujo una subida de las pensiones. En algunos casos, en la misma medida que el IPC y en el caso de las pensiones más bajas, una subida del 3 %.

En cuanto a la normativa de jubilaciones, destaca que se permitirá de nuevo introducir en los convenios colectivos cláusulas de jubilación forzosa y se prorroga hasta 2020, la jubilación con los requisitos y condiciones previos a la Ley 27/2011 de aquellas personas cuya relación laboral se haya extinguido antes del 1-4-2013, también por convenio colectivo o ERE, siempre que después no estén incluidos en algún régimen de la Seguridad Social.

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