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SENTENCIA DEL TSJ DE ASTURIAS DE 14-07-2020


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LA ÓPERA DE OVIEDO VUELVE A SER CONDENADA POR TENER A SUS 76 CORISTAS SIN DAR DE ALTA EN LA SEGURIDAD SOCIAL (Sentencia del TSJ de Asturias de 14-07-2020)

Laura Olías - eldiario.es

Fraude laboral entre bambalinas: el Coro de la Ópera de Oviedo tenía a 76 coristas sin dar de alta a la Seguridad Social

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias coincide en que existe una relación laboral entre el Coro y los cantantes, que ahora solo pasan facturas a la institución pública sin ningún contrato de trabajo

Ver Sentencia -> http://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/d5d11507d99cff90/20200720

Segunda condena a la Fundación Ópera de Oviedo por tener a los 76 miembros de su Coro sin contrato laboral y, por tanto, sin dar de alta en la Seguridad Social. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Asturias confirma íntegramente la sentencia del juzgado de primera instancia que analizó el caso y concluye de nuevo que existe una relación laboral entre la Ópera y los coristas, como había resuelto también la Inspección de Trabajo. A día de hoy los cantantes, que la fundación que dirige el Coro quiso hacer pasar por meros voluntarios, solo emiten facturas por su labor como las que se realizan por colaboraciones puntuales, por ejemplo, para dar una conferencia.

La magistrada Mª de los Ángeles Andrés Vega, que juzgó por primera vez el caso, dio la razón a la Tesorería General de Seguridad Social, que exige 273.247,13 euros a la fundación privada sin ánimo de lucro que gestiona la Ópera ovetense por las cotizaciones sociales impagadas durante los últimos cuatro años debido a este abuso laboral. Fuentes de la Fundación Ópera de Oviedo responden a elDiario.es que los servicios jurídicos de la entidad están analizando esta nueva sentencia para evaluar si recurren el fallo ante el Tribunal Supremo o si acatan la resolución judicial.

Los magistrados del TSJ también consideran que concurren "las notas y elementos propios de la relación laboral", como por ejemplo que "es la empresa demandada la que fija el tiempo de trabajo, tanto en lo relativo a su duración, como a los días de realización del mismo", recoge la sentencia. La Fundación que gestiona la Ópera también es "la que programaba a lo largo del año el trabajo a realizar que se prolonga durante once meses con uno de descanso, el de julio, siendo paradigmático de una relación laboral esa cadencia de tiempo de once meses de trabajo y uno de descanso".

Intento de hacer pasar por voluntariado

Uno de los argumentos de la Ópera de Oviedo en los tribunales y en sus explicaciones públicas sobre este conflicto laboral ha consistido en defender el carácter no profesional de sus coristas, a los que ha intentado hacer pasar por voluntarios. El carácter amateur de los cantantes contrasta con el prestigio del Coro, con una historia que se remonta a la Casa de Comedias de El Fontán en el siglo XVII y que hoy en día encuentra su 'templo' en el Teatro Campoamor.

Los magistrados del TSJ asturiano sostienen que la empresa determinaba sanciones, "consecuencias económicas de la inasistencia no justificada a los ensayos", que son manifestaciones "del poder directivo del empresario en cuanto a la organización y control del trabajo y que chocan con el carácter voluntario que se predica por la parte recurrente".

El recurso de la Ópera recoge que es la “voluntariedad" la que "mueve a los miembros del coro a dedicar parte de su tiempo libre a los ensayos y puestas en escena", algo que entra en contradicción con que los cantantes emitieran facturas por sus servicios prestados, siguiendo el modelo anual 190 como rendimientos del trabajo, desmontan los jueces en la sentencia.

La fundación intenta justificar estos pagos como compensación de gastos a los coristas voluntarios, pero el TSJ también se opone a este argumento, dadas las sanciones económicas existentes por no acudir a los ensayos, entre otros factores. La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Luis Niño Romero, destaca otras prácticas típicas de las relaciones laborales, como la existencia de los días de asuntos propios, "sujetos a determinados condicionantes típicamente laborales: comunicación previa, limitación a 4 del número máximo de personas a disfrutarlo conjuntamente en cada ensayo y regla de preferencia por orden de aviso".

La Fundación cultura Ópera de Oviedo, privada sin ánimo de lucro creada en 1995, dirige la Ópera de Oviedo y para ello recibe subvenciones públicas "que alcanzan la nada despreciable cifra de 835.000 euros anuales", recoge la sentencia. Las subvenciones públicas proceden tanto del Ayuntamiento de Oviedo (475.000 euros este 2018), "aparte de otras prestaciones en especie valoradas en 250.000 euros", como del Principado de Asturias (110.000 euros este año) y del Ministerio de Cultura, a través del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (408.750 euros en 2018). En el Patronato de la Fundación cuentan con un asiento tanto el Principado de Asturias como el Ayuntamiento de Oviedo.

https://www.eldiario.es/economia/opera-oviedo-vuelve-condenada-76-coristas-dar-alta-seguridad-social_1_6110564.html