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LA PRESTACIÓN CONTRIBUTIVA POR DESEMPLEO


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LA PRESTACIÓN CONTRIBUTIVA POR DESEMPLEO

DURACIÓN

La duración de la prestación por desempleo estará en función de los períodos de ocupación cotizados en un régimen que con- temple esta contingencia, en los últimos 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar o, en su caso, desde el nacimiento del derecho a la prestación por desempleo anterior, con arreglo a la siguiente escala:

Periodo Cotizado

(en días)

Duración de la Prestación (en días)

Periodo Cotizado

(en días)

Duración de la Prestación (en días)

Desde 360 hasta 539

120

Desde1440 hasta 1619

480

Desde 540 hasta 719

180

Desde1620 hasta 1799

540

Desde 720 hasta 899

240

Desde1800 hasta 1979

600

Desde 900 hasta 1079

300

Desde1980 hasta 2159

660

Desde 1080 hasta 1259

360

A partir de 2160

720

Desde 1260 hasta 1439

420

 

 

La duración de la prestación por desempleo de las personas emigrantes retornadas o liberadas de prisión, se determinará en función de los períodos de ocupación cotizada, correspondientes a los seis años anteriores a la salida de España o al ingreso en prisión, salvo que tenga cotizaciones efectuadas en el extranjero o en prisión.

CUANTÍA DE LA PRESTACIÓN

- Estará en función de la base reguladora que tenga la persona trabajadora.

- La base reguladora diaria es la suma de las bases de cotización de los últimos 180 días, a tiempo completo o parcial, cotizados a la Seguridad Social por la contingencia de desempleo (base de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) dividida entre 180.

- Los 180 primeros días de prestación se Cobrará el 70% de la base reguladora y a partir del 181, el 50% de dicha base.

- En ningún caso la cuantía de la prestación podrá ser inferior al 80% del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM) incrementado en 1/6, cuando la persona trabajadora no tenga hijos o hijas a cargo, y al 107% cuando tenga, al menos, uno o una.

- La Cuantía de la prestación tiene Como límite el 175%, el 200%, o el 225% del IPREM, incrementado en un sexto, según se carezca de hijos o hijas o se tenga 1, 2 o más, respectivamente.

- En el caso de desempleo por la pérdida de un trabajo a tiempo parcial, el importe mínimo o máximo estará en función del número de horas trabajadas durante el periodo de los 180 últimos días cotizados.

- La prestación estará sujeta, en su caso, a descuentos de Seguridad Social y del IRPF.

- la Entidad Gestora (SEPE o ISM) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social por contingencias comunes y, en los supuestos de suspensión o reducción de jornada, ingresará la aportación de la persona trabajadora por todas las contingencias.

La solicitud puede presentarla a través de la página https://sede.sepe.gob.es o en la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE).

PLAZO Y DOCUMENTOS NECESARIOS PARA EL TRÁMITE DE SU SOLICITUD

Debe estar inscrito/inscrita como demandante de empleo y solicitar en los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que se produzca el cese involuntario en el empleo o al día que finalice el período de vacaciones pendiente de disfrutar, o desde el inicio de la suspensión de la relación laboral o de la reducción de jornada, o desde el retorno del extranjero, o desde la excarcelación, presentando la siguiente documentación:

Para su identificación (no necesita aportar copias)

Españoles y españolas: Documento nacional de identidad (DNI) o pasaporte.

Extranjeros y extranjeras residentes en España:

- Nacionales de la Unión Europea: certificado de registro de ciudadano o ciudadana de la Unión europea en el que conste el NIE junto con el documento identificativo en su país de origen, y en su defecto, el pasaporte.

- No nacionales de la Unión Europea: tarjeta de identidad de extranjero/a (TIE) junto con el pasaporte.

Para el trámite de su solicitud (no necesita aportar copias)

- Cualquier documento bancario en el que figure el número de Cuenta de la que Vd. sea titular y donde desee percibir la prestación.

- en caso de tener hijos o hijas a cargo, libro de familia o documento equivalente si se trata de personas extranjeras, legalizado y traducido.

Si están en acogimiento, resolución judicial o administrativa con la fecha de efectos del acogimiento.

Si los hijos/as con discapacidad son mayores de 26 años, Certificado del grado de discapacidad expedido por el IMSERSO o el órgano de la Comunidad Autónoma correspondiente, o resolución del INSS, del Ministerio de Hacienda o de Defensa, que reconozca la condición de pensionista por Incapacidad Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez, o de Jubilación o retiro por Incapacidad Permanente para el servicio o inutilidad.

- Sentencia y/o Convenio regulador, en caso de separación o divorcio.

- En caso de hijos o hijas en el extranjero, identificación y acreditación de su situación laboral mediante Certificación administrativa legalizada o formularios U006/E302 en caso de residir en el espacio económico europeo.

- acreditación de la situación legal de desempleo por:

- Cese de la relación laboral

- Certificado de empresa, de los 180 últimos días trabajados si la empresa no lo ha enviado al servicio Público de empleo estatal (SEPE) a través de certific@2.

- Acta de conciliación administrativa o judicial, o resolución judicial.

- Providencia de opción por la indemnización, en caso de haber reclamado contra el despido.

- Persona emigrante retornada

- Certificación emitida por las Delegaciones o subdelegaciones del Gobierno en la que conste la fecha del retorno y el tiempo trabajado en el país de emigración.

- Formulario U1 o E-301, si se retorna de un país miembro de la Unión Europea/Espacio Económico Europeo o Suiza, o documento AUS/E1 si se retorna de Australia.

- Persona liberada de prisión

- Certificación de la Dirección del centro penitenciario en la que consten las fechas de ingreso en prisión y excarcelación y la causa de esta.

- Certificado de empresa, si se han realizado trabajos durante el período de internamiento, en los que se cotizó por la contingencia de desempleo.