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QUÉ ES LA BASE REGULADORA Y CÓMO CALCULARLA EN CASO DE ERTE POR CORONAVIRUS


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QUÉ ES LA BASE REGULADORA Y CÓMO CALCULARLA EN CASO DE ERTE POR CORONAVIRUS

elEconomista.es

- Es el baremo de referencia con el que se calcula la prestación por desempleo

- Los despedidos por coronavirus cobrarán del 70 al 50% de esta base

La cascada de ERTE’s derivados de la crisis económica que ha generado el coronavirus en España ha dejado tras de sí un aluvión de preguntas sobre la nueva situación laboral del país. Cientos de miles de personas perderán (al menos temporalmente) sus puestos de trabajo y, en este punto, cobra especial relevancia la base reguladora, esencial para determinar qué cantidad de paro cobrarán los trabajadores mientras permanecen en sus hogares.

La importancia de este concepto radica en que de él depende la cuantía de la prestación por desempleo que recibirán los trabajadores que hayan sido despedidos por un expediente de regulación de empleo temporal. La legislación contempla que, en caso de acumular al menos un año de los últimos seis cotizados (se ha eliminado esta condición si el despido se debe al coronavirus), los empleados deberán cobrar el 70% de esta base reguladora durante los seis primeros meses y después del 50%.

¿Qué es la base reguladora?

Esta base reguladora, según la define el Ministerio de Trabajo, es:

"la media de la base de cotización por la contingencia de desempleo correspondiente a los últimos 180 días trabajados, teniendo en cuenta los días naturales de cada mes".

No se debe confundir con la base de cotización de contingencias comunes, que es la que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tiene en cuenta para ingresar las cotizaciones durante el periodo que perciba la prestación de desempleo.

Ejemplo práctico para calcular el paro con la base reguladora

Para ilustrar este cálculo, acudir a un ejemplo puede resultar revelador. Poniendo como ejemplo el caso de un trabajador que en los últimos seis meses haya tenido una Base de Cotización de 1.000 euros mensuales, habría que sumar seis mensualidades (1.000 x 6 = 6.000) y dividir este montante entre el número de meses (6.000 / 6 = 1.000).

Obtenida esta cifra, solo queda calcular el 70%, lo que cobrará el empleado durante los primeros 6 meses de paro (700 euros) y ese 50% que pasará a cobrar (500 euros) una vez transcurridos esos seis meses. Se trata de un ejemplo fácil, ya que el cálculo puede tener más variables en otras ocasiones.

Sea como fuere, estas prestaciones tienen unas cantidades y mínimas máximas asignadas por el SEPE para 2020. En concreto:

- una persona sin hijos a su cargo deberá cobrar al menos 501 euros y un máximo de 1.098.

- los trabajadores que tengan al menos un hijo a su cuidado tendrán que cobrar un mínimo de 671 euros, pero existen diferencias en este punto: los que tienen a un solo hijo tendrán un máximo de 1.254 euros que se elevará a 1.411 euros para aquellos con dos o más vástagos.

Cuantías mínimas y máximas por desempleo en 2020

(Cuantías)

euros

a) Cuantía mínima. Sin hijos/as

501,98

b) Cuantía mínima. 1 hijo/a o más

671,4

c) Cuantía máxima. Sin hijos/as

1.098,09

d) Cuantía máxima. 1 hijo/a

1.254,96

e) Cuantía máxima. 2 hijos/as

1.411,83

Peculiaridades en caso de ERTE

Aunque la base de regulación se usa en más supuestos, en el caso de un expediente de regulación de empleo temporal o de reducción de jornada, los que se van a aplicar a raíz del coronavirus, hay peculiaridades. De acuerdo con la guía de Trabajo, la base cotizadora de la Seguridad Social será:

"la media de las bases de los últimos seis meses de ocupación cotizada por contingencias comunes y por contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación legal de cotizar".

Lo que no cambia es la obligación que mantiene la empresa de ingresar su aportación correspondiente a la Seguridad Social, independientemente de si se realiza una suspensión temporal de empleo o una reducción de jornada.

https://www.eleconomista.es/economia/noticias/10435398/03/20/Que-es-la-base-reguladora-y-como-calcularla-en-caso-de-ERTE-por-coronavirus.html