REAL DECRETO-LEY 34/2020, DE 17-11, DE MEDIDAS URGENTES DE APOYO A LA SOLVENCIA EMPRESARIAL Y AL SECTOR ENERGÉTICO, Y EN MATERIA TRIBUTARIA (BOE 18-11) ÍNDICE CAPÍTULO I. Apoyo a la solvencia empresarial Artículo 3. Medidas extraordinarias aplicables a las personas jurídicas de Derecho privado CAPÍTULO II. Medidas relativas al sector energético CAPÍTULO III. Medidas en materia tributaria Artículo 8. Concesión de un suplemento de crédito destinado al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. 1. Se concede un suplemento de crédito por un importe de 6.000.000.000 euros en la aplicación presupuestaria 19.02.000X.429.06 «Transferencia para equilibrar el impacto en las cuentas de la Seguridad Social derivado del COVID-19» del presupuesto del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. 2. Este suplemento de crédito se financiará con cargo a deuda pública, de conformidad con lo señalado en el artículo 46 de la Ley 6/2018, de 3-7, de Presupuestos Generales del Estado para 2018. Artículo 9. Concesión de un crédito extraordinario destinado al Ministerio de Trabajo y Economía Social. 1. Se concede un crédito extraordinario por un importe de 2.300.000.000 euros en la aplicación presupuestaria 19.03.000X.419 «Para financiar en el presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal prestaciones contributivas y cuotas de subsidios por desempleo» del presupuesto del Ministerio de Trabajo y Economía Social, como consecuencia del gasto derivado de las medidas adoptadas para hacer frente al COVID-19 en el escenario actual de prórroga presupuestaria. 2. Este crédito extraordinario se financiará con cargo a deuda pública, de conformidad con lo señalado en el artículo 46 de la Ley 6/2018, de 3-7, de Presupuestos Generales del Estado para 2018. 3. El crédito extraordinario que se concede en el artículo anterior ocasionará los siguientes aumentos en el presupuesto del organismo autónomo 19.101 Servicio Público de Empleo Estatal: En su presupuesto de gastos: a) En la aplicación 19.101.251M.480.00 «Contributivas, incluso obligaciones de ejercicios anteriores» por importe de 1.603.035.654,67 euros. b) En la aplicación 19.101.251M.487.01 «Cuotas de beneficiarios del subsidio de desempleo, incluso obligaciones de ejercicios anteriores» por importe 696.964.345,33 euros. En su presupuesto de ingresos: En la aplicación 19.101.400.00 «Transferencia del Estado para financiar en el presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal prestaciones contributivas y cuotas de subsidios por desempleo» por importe de 2.300.000.000 euros. Disposición adicional única. Acceso del Instituto de Crédito Oficial a la CIRBE. Disposición final segunda. Modificación de la Ley 34/1998, de 7-10, del sector de hidrocarburos. Disposición final tercera. Modificación de la Ley 46/1998, de 17-12, sobre introducción del euro. Disposición final quinta. Modificación de la Ley 27/2014, de 27-11, del Impuesto sobre Sociedades. Disposición final úndécima. Títulos competenciales. Disposición final duodécima. Incorporación de normas del Derecho de la Unión Europea. Disposición final decimotercera. Desarrollo reglamentario y habilitación normativa. Disposición final decimocuarta. Entrada en vigor. ANEXO. Relación de bienes a los que se refiere el artículo 6 |