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ESTADÍSTICA DE REGULACIÓN DE EMPLEO (febrero 2026) Datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social La estadística de Regulación de Empleo tiene por objeto proporcionar información estadística sobre los procedimientos de despidos colectivos, suspensión de contrato y reducción de jornada de los contratos de trabajo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o de fuerza mayor, que se resuelven o se comunican a la autoridad laboral. También tiene como objetivo ofrecer información relativa a las medidas de suspensión de contrato y reducción de jornada aplicadas por el Mecanismo RED en los meses en los que está activo. TRABAJADORES AFECTADOS POR TIPO DE PROCEDIMIENTO
El total de trabajadores afectados ascendió a 7.822, de los cuales 1.523 (19,5%) estaban afectados por procedimientos finalizados por causa de fuerza mayor y 6.299 (80,5%) lo estaban por procedimientos de regulación por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. TRABAJADORES AFECTADOS POR MEDIDA DE REGULACIÓN DE EMPLEO
De los 7.822 trabajadores afectados, 2.365 (30,2%) trabajadores fueron afectados por despidos colectivos y 5.457 (69,8%) por suspensión de contrato y reducción de jornada. Se presentan tasas de 18,6% y -53,1% sobre el mismo periodo del año anterior. De los 5.457 trabajadores afectados por suspensión de contrato/reducción de jornada, 436 tienen su origen en los ERTES debidos a la DANA, Real Decreto-ley 6/2024, de 5-11, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28-10 y el 4-11-2024 y Real Decreto- ley 7/2024, de 11-11, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28-10 y el 4-11-2024 y también a los ERTES debidos a fenómenos meteorológicos adversos, Real Decreto-ley 5/2026, de 17-2, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura. TRABAJADORES AFECTADOS POR DESPIDOS COLECTIVOS SEGÚN SECCIÓN DE ACTIVIDAD ECONÓMICA Por sección de actividad, se presentan los datos de despidos colectivos del periodo considerado
TRABAJADORES AFECTADOS POR DESPIDOS COLECTIVOS SEGÚN COMUNIDAD AUTÓNOMA Por CC.AA., se presentan los datos de trabajadores afectados por suspensión de contrato/reducción de jornada del periodo considerado.
TRABAJADORES AFECTADOS POR SUSPENSIONES DE CONTRATO Y REDUCCIONES DE JORNADA SEGÚN SECCIÓN DE ACTIVIDAD ECONÓMICA Por sección de actividad se presentan los datos de trabajadores afectados por suspensión de contrato/reducción de jornada del periodo considerado.
TRABAJADORES AFECTADOS POR SUSPENSIONES DE CONTRATO Y REDUCCIONES DE JORNADA SEGÚN COMUNIDAD AUTÓNOMA Por CC.AA., se presentan los datos de trabajadores afectados por suspensión de contrato/reducción de jornada del periodo considerado.
POR CAUSA ALEGADA Se presentan los datos de trabajadores afectados por suspensión de contrato/reducción de jornada y despidos colectivos del periodo considerado.
(1) Suspensión de contrato o reducción de jornada (2) Despidos colectivos De los 5.457 trabajadores afectados por procedimientos de suspensión de contrato y reducción de jornada, 1.941 (35,6%) estaban afectados por procedimientos finalizados por causas de producción. Les siguen 1.523 (27,9%) trabajadores cuyos procedimientos finalizaron por causas de fuerza mayor y 1.502 (27,5%) por causas organizativas. De los 2.365 trabajadores afectados por procedimientos de despidos colectivos, 1.298 (54,9%) estaban afectados por procedimientos finalizados por causas económicas, seguidos de 703 (29,7%) trabajadores afectados cuyos procedimientos finalizaron por causas de producción. POR TAMAÑO DE LA EMPRESA Se presentan los datos de número de empresas y trabajadores afectados por suspensión de contrato/reducción de jornada y despidos colectivos del periodo considerado.
(1) Suspensión del contrato o reducción de jornada (2) Despidos colectivos De las 268 empresas afectadas por procedimientos de suspensión de contrato y reducción de jornada, el 83,2% de ellas tienen menos de 50 trabajadores. El 76,6% de las 94 empresas afectadas por despidos colectivos tienen menos de 50 trabajadores. De los 5.457 trabajadores afectados por procedimientos de suspensión de contrato y reducción de jornada, 1.757 (32,2%) pertenecen a empresas entre 250 y 499 trabajadores, seguidos de 1.446 (26,5%) trabajadores pertenecientes a empresas entre 50 y 249 trabajadores y 750 (13,7%) trabajadores pertenecientes a empresas entre 25 y 49 trabajadores. De los 2.365 trabajadores afectados por procedimientos de despidos colectivos, 830 (35,1%) pertenecen a empresas entre 50 y 249 trabajadores. Les sigue 436 (18,4%) trabajadores pertenecientes a empresas entre 250 y 499 trabajadores y 415 (17,5%) trabajadores pertenecientes a empresas entre 10 y 24 trabajadores. MECANISMO RED DE FLEXIBILIDAD Y ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO (ENERO 2026) De enero a junio de 2026 lo podrán solicitar las empresas que cumplan las condiciones establecidas en la Orden PJC/1545/2025, de 26-12, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9-12-2025, por el que se prorroga el Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo para el sector de la fabricación de vehículos de motor, activado por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23-12-2024, de conformidad con el artículo 47 bis del Estatuto de los Trabajadores. Trabajadores afectados por Suspensión de Contrato Se presentan los datos de trabajadores afectados del Mecanismo Red de Flexibilidad y Estabilización del Empleo Según división de actividad económica (febrero 2026) Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques – 24 Según tamaño de la empresa (febrero 2026) De 25 a 49 Trabajadores - 24 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||