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EL GOBIERNO REGULA LA TRANSICIÓN DEL SUBSIDIO ASISTENCIAL POR DESEMPLEO AL INGRESO MÍNIMO VITAL

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EL GOBIERNO REGULA LA TRANSICIÓN DEL SUBSIDIO ASISTENCIAL POR DESEMPLEO AL INGRESO MÍNIMO VITAL

Nota de prensa del Ministerio de Trabajo y Economía Social

- Se reducen cargas administrativas para quien ha agotado el subsidio y necesita pasar a ser beneficiario de IMV

- El subsidio asistencial por desempleo se excluye de las rentas computables para el IMV cuando en la fecha de la solicitud se hubiera agotado

El Gobierno avanza en el uso de un lenguaje respetuoso. La ‘gran invalidez’ pasa a ser el ‘complemento de asistencia de tercera persona’, y la prestación de ‘invalidez no contributiva’ se denominará ‘incapacidad no contributiva’

El Gobierno ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la modificación de la Disposición adicional 12ª de la Ley 19/2021, de 20-12, que regula la transición del subsidio asistencial por desempleo al Ingreso Mínimo Vital (IMV) y que entrará en vigor el 22-11-2024.

El texto incluye los mecanismos para facilitar este tránsito, con modificaciones técnicas para que ambas prestaciones guarden coherencia entre ellas. Además, se mejora la coordinación entre las entidades que gestionan una y otra prestación con el objetivo de eliminar cargas administrativas para aquellas personas que agoten el periodo máximo de percepción de los subsidios por desempleo sin haberse reinsertado en el mercado laboral, siempre que cumplan los requisitos del IMV.

En concreto, el nuevo texto modifica el cómputo de los ingresos y patrimonio del IMV, de forma que quedará excluido de las rentas computables el subsidio por desempleo cuando la fecha de la solicitud de la prestación se hubiera extinguido. Además, se modifica el concepto de pareja de hecho, para homogeneizarlo en ambas prestaciones.

Asimismo, se establece un procedimiento que regula el tránsito del subsidio asistencial por desempleo al Ingreso Mínimo Vital a través de la colaboración entre la entidad gestora del subsidio por desempleo y la del IMV. De esta forma, se trata de eliminar cargas administrativas y facilitar el acceso a la prestación a las personas que cumplen con los requisitos.

Estas medidas se enmarcan en la estrategia de acercamiento del IMV a la población que lo necesita. En este sentido, desde su aprobación en junio de 2020, se ha avanzado en la agilización de los procesos, el intercambio de información entre administraciones, la cercanía, la accesibilidad y la transparencia.

En esta misma estrategia se incluye la revisión de los formularios de solicitud de la prestación y de la página web, así como la puesta en marcha de un número de teléfono corto para el IMV -el 020- que llevará aparejado un aumento de la plantilla del INSS.

Desde su puesta en marcha, el Ingreso Mínimo Vital ha protegido a 2,4 millones de personas.