EL COMPLEMENTO A LA PENSIÓN POR TENER HIJOS VUELVE AL TJUE POR VETAR A LOS PREJUBILADOS Eva Díaz - eleconomista.es - La Seguridad Social denegó el cobro de la ayuda a estos ciudadanos entre 2016 y 2021 - El plus llega a Europa por tercera vez, tras declararlo dos veces discriminatorio El complemento a la pensión por haber tenido 2 o más hijos regresa al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por tercera vez, en esta ocasión por perjudicar a todas las personas que accedieron a la jubilación anticipada voluntaria entre 2016 y 2021. La norma inicial (fue modificada en febrero de 2021 después de que el TJUE determinara en 2019 que discriminaba a los hombres por negarles este complemento) impedía cobrar el plus a aquellas mujeres que accedieran anticipadamente a la jubilación. Con la modificación de la ley en 2021, se eliminó esta restricción, pero no de forma retroactiva. De modo que todas aquellas mujeres a las que la Seguridad Social les denegó el complemento por este motivo se quedaron sin cobrarlo. Asimismo, al declarar la justicia europea que esta ayuda discriminaba a los hombres, la medida también afectó a aquellos varones con 2 hijos o más que se jubilaron anticipadamente en esos años. Ahora, el Juzgado de lo Social nº 2 de Elche ha remitido la cuestión al TJUE en un auto del 18 de diciembre bajo la consideración de que esta exclusión automática de los jubilados anticipadamente es incompatible con los principios de igualdad, de protección social y de proporcionalidad del Derecho de la Unión Europea (UE). Esta nueva cuestión llega en un momento en el que el Gobierno aún no ha reformado la Ley de Seguridad Social para adaptar el complemento a la última sentencia del TJUE de 15-05-2025 que determinó que seguía siendo discriminatorio por exigir a los hombres más requisitos para cobrar este plus que a las mujeres. El legislador debe imponer las mismas condiciones a ambos géneros para percibir el complemento por haber tenido hijos tras el fallo. Sin embargo, esta equiparación hace que el plus por brecha de género pierda su sentido inicial ya que se ideó para incrementar las pensiones de las mujeres que hubieran visto perjudicada su trayectoria laboral por haberse tenido que dedicar a la crianza de los hijos. Un nuevo fallo del TJUE contra el complemento podría suponer la estocada definitiva en un momento en que su continuidad se tambalea. Exclusión sin sentido El Juzgado de Elche argumenta que la exclusión que hizo la ley a estos pensionistas no guarda relación alguna con la finalidad del complemento que persigue reconocer la aportación demográfica y el modo de acceder a la jubilación (anticipada u ordinaria) no afecta en nada al número de hijos. Además, señala que la norma propició que se diera la ayuda a hombres y mujeres que se jubilaron a la edad ordinaria con menos años cotizados, mientras que se le negó a quien se jubiló de forma anticipada pero con trayectorias laborales más largas. Asimismo, expone que la medida supone un doble castigo a quienes se jubilaron antes ya que, además de ver reducida su pensión por este motivo, tampoco pueden cobrar esta ayuda. E indica que el hecho de que en 2021 se eliminara esta restricción implica que no es esencial para conceder el plus. Un fallo favorable a estos ciudadanos por parte del TJUE abre la puerta a que se les conceda de forma retroactiva este beneficio y que, además, se les pueda indemnizar con 1.800 euros por haber sido discriminados, cuantía que impuso el Tribunal Supremo para compensar a los hombres a los que se les denegó en su momento. Cabe recordar que el Consejo de Ministros aprobó a inicios de diciembre una transferencia de 900 millones a la Seguridad Social para otorgar el plus a los hombres a los que se les denegó y dar cumplimiento a los fallos del TJUE. |